ORDEN de 26 de agosto de 1999, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos de Centros Docentes Privados para el curso 1999/2000 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 26 de agosto de 1999, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos de Centros Docentes Privados para el curso 1999/2000 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Real Decreto 1982/1998 de 18 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria, establece en el punto B) las funciones de la Administración del Estado que asume la Comunidad Autónoma, entre las que se encuentra la convocatoria, tramitación y resolución de los expedientes para la formalización de conciertos educativos, así como su control y posible revocación, de acuerdo con las normas básicas establecidas por el Estado.

Por otro lado, esta norma establece que la Comunidad Autónoma de Aragón se subroga en los derechos y obligaciones contraidos por el Ministerio de Educación y Cultura, incluyendo, por tanto, los derivados de los conciertos celebrados con los centros docentes privados situados en territorio aragonés. Con fecha 5 de febrero de 1999 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón" la Orden de 13 de enero, del Departamento de Educación y Cultura por la que se dictan normas sobre la modificación de los conciertos educativos para el curso académico 1999/2000. De acuerdo con el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio que aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, en el que se establece que en el año académico 1999-2000 se implantará, con carácter general, el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria y dejarán de impartirse las enseñanzas correspondientes al 2º curso del Bachillerato Unificado Polivalente y al 2º curso de la Formación Profesional de primer grado. En relación con los Centros concertados de Educación Especial, y según lo que establece la Orden de 22 de marzo de 1999, por la que se regulan los programas de formación para la transición a la vida adulta destinados a los alumnos con necesidades educativas especiales escolarizados en Centros de Educación Especial, durante el curso 1999/2000 se implantará el primer año de los programas de formación para la transición a la vida adulta. Los centros privados de Educación Especial que tengan suscrito concierto para unidades de Formación Profesional Especial en la modalidad de Aprendizaje de Tareas...

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