DECRETO 99/2008, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público, para el año 2008, de plazas reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

Fecha de Entrada en Vigor29 de Junio de 2008
SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE POLITICA TERRITORIAL, JUSTICIA E INTERIOR
Rango de LeyDecreto

DECRETO 99/2008, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público, para el año 2008, de plazas reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

El artículo 75.13ª del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida en materia de régimen estatutario de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón y de su Administración local, desarrollando políticas propias, a través del desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica que establezca el Estado en normas con rango de ley.

La Disposición Adicional segunda de la ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que la convocatoria de oferta de empleo, con el objetivo de cubrir las vacantes existentes de las plazas correspondientes a funcionarios con habilitación de carácter estatal, corresponde a las Comunidades Autónomas, atribuyendo a la Comunidad Autónoma de Aragón la selección de dichos funcionarios, conforme a los títulos académicos requeridos y programas mínimos aprobados reglamentariamente por el Ministerio de Administraciones Públicas. Por otra parte, en su apartado 7, establece que tales funcionarios se regirán por los sistemas de acceso aplicables en su correspondiente Comunidad Autónoma, respetando lo establecido en el propio Estatuto.

En este sentido, la Dirección General de Administración Local del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior tiene encomendada, entre sus funciones, la gestión de las competencias sobre la función pública local, en virtud de lo establecido en el Decreto 225/2007, de 18 de septiembre.

Considerando que son funciones públicas en las Corporaciones Locales, reservadas exclusivamente a funcionarios, las que impliquen ejercicio de autoridad, las de fe pública y asesoramiento legal preceptivo, las de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria, las de contabilidad y tesorería, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Considerando la existencia de plazas vacantes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención.

Considerando que los aspirantes deberán estar en posesión de alguna de las titulaciones mencionadas en la Orden...

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