DECRETO 69/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las ayudas a entidades locales aragonesas para el fomento de suelo industrial.
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 69/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las ayudas a entidades locales aragonesas para el fomento de suelo industrial.
La Diputación General de Aragón tiene asumida la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 35.7 del Estatuto de Autonomía, siendo, entre otras, funciones propias del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón como organismo autónomo adscrito al Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, las actuaciones urbanísticas para la ejecución de sus planes y programas, sean propios o asumidos como tales, en colaboración con otras entidades, para la promoción de suelo destinado a uso industrial, de acuerdo con el texto del artículo 6 d) de la Ley 6/1985, de 22 de noviembre, de creación de este Instituto.
En este sentido, y teniendo en cuenta las ayudas ya existentes aplicables a las actuaciones urbanísticas en suelo industrial y que dependen de planes de obras, fondos territoriales y diversas medidas de apoyo, el presente Decreto establece una línea de ayuda adicional dirigida a entidades locales aragonesas de ámbito municipal o supramunicipal.
El presente texto normativo se propone asegurar los principios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión, al tiempo que se establecen diferentes prioridades según que la finalidad perseguida promueva en mayor o menor medida el desarrollo local y ofrece adecuada garantía de viabilidad práctica y de respeto a la legalidad.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes y, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 31 de marzo de 1998, DISPONGO:
Artículo 1º.--Objeto Es objeto del presente Decreto la regulación del procedimiento en virtud del cual el Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, con cargo a sus propios presupuestos y en función de sus disponibilidades presupuestarias, podrá conceder subvenciones para la creación de suelo destinado a uso industrial o para la renovación de las infraestructuras urbanísticas del ya existente.
Artículo 2º.--Ambito de aplicación. 2.1.--Las ayudas objeto de regulación en el presente Decreto se dirigirán a la financiación de actuaciones realizadas por entes locales municipales o supramunicipales en suelo de su propiedad que se encuentren comprendidas en alguna de las definidas en los apartados siguientes:
a) Las de implantación de las infraestructuras urbanas para la creación de suelo industrial.
b) Las de renovación o mejora de los servicios urbanísticos existentes que favorezcan al suelo industrial. 2.2.--Las actuaciones señaladas en el apartado anterior deberán perseguir alguna de las...
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