DECRETO 167/1994, de 18 de julio, de la Diputación General de Aragón, de regulación de los ficheros automatizados de datos de carácter perso nal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 167/1994, de 18 de julio, de la Diputación General de Aragón, de regulación de los ficheros automatizados de datos de carácter person al de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. La disposición adicional 2ª.2 de la Ley orgánica 5/1992, de 29 de octub re, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter person al ( Boletín Oficial del Estado número 262, de 31 de octubre), concedía el p lazo de un año desde su entrada en vigor --que se produjo el 31 de enero de 199 3--, para que las Administraciones públicas responsables de ficheros automat izados ya existentes adoptaran una disposición de regulación de los mismos o adaptaran la ya existente. Posteriormente, el Real Decreto-Ley 20/1993, de 22 de diciembre ( Bolet ín Oficial del Estado número 310, de 28 de diciembre), ha prorrogado por s eis meses el plazo de un año establecido en la citada disposición adicional . Además, dentro del mismo plazo deben notificarse a la Agencia de Protec ción de Datos los ficheros automatizados existentes. A dicha notificación hay q ue acompañar una copia de la disposición de regulación de los mismos. Por ambas razones es necesario aprobar una disposición general regulado ra de los ficheros existentes en la Administración de la Comunidad Autónoma d e Aragón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público. Por todo ello, de conformidad con la disposición adicional 2ª.2 de la L ey orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automa tizado de los datos de carácter personal, modificada por el Real Decreto-Ley 2 0/1993, de 22 de diciembre, y el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley, ap robado por el Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, a propuesta del Consejer o de Presidencia y Relaciones Institucionales, de acuerdo con el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, previa deliberación de la Diputación General, en su reunión del día 18 de julio de 1994, DISPONGO: Artículo 1.--Ficheros automatizados existentes. 1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismo s autónomos y entidades de derecho público de ella dependientes son titul ares de los ficheros automatizados de datos de carácter personal que se relacio nan y describen en los anexos de este Decreto. 2. Los ficheros de carácter personal que no contienen datos especialme nte protegidos son los que se relacionan y describen en el anexo I del pres ente Decreto. 3. Los ficheros de carácter personal que contienen...

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