DECRETO 4/1999, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FOMENTO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 4/1999, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón.

En los últimos años se ha desarrollado en la Comunidad Autónoma de Aragón un conjunto de programas de actuación en materia formativa que han posibilitado la mejora de la cualificación profesional del capital humano que demanda el sistema productivo actual. Por otro lado, el reciente traspaso de Funciones y Servicios de la Administración de Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de Gestión de la Formación Profesional Ocupacional, regulado por el Real Decreto 300/1998, de 27 de febrero, donde se determinan las Funciones y Servicios de la Administración del Estado que asume la Comunidad Autónoma de Aragón, hace necesario en aras a conseguir la máxima eficacia y coordinación, integrar las acciones de formación que la Diputación General de Aragón ha venido y viene realizando dentro del desarrollo de los Programas Operativos cofinanciados por el Fondo Social Europeo, con las acciones formativas del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional que se desarropen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. El conjunto de actuaciones contempladas en el presente Decreto se encuadran dentro de los principios y programas desarrollados por el Fondo Social Europeo. Por cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 26 de enero de 1999, DISPONGO:

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

El presente Decreto tiene como objeto regular el Plan de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón y comprende el conjunto de acciones y proyectos formativos dirigidos a cualificar profesionalmente los recursos humanos en Aragón, conforme a las necesidades del sistema productivo y que responden a los programas operativos aprobados por el Fondo Social Europeo dentro de los objetivos 2, 3 y 5b para Aragón, otros proyectos europeos que se desarrollen dentro del marco comunitario de apoyo, así como los cursos correspondientes al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Artículo 2. Programas generales. Las acciones y proyectos formativos estarán integrados necesariamente dentro de alguno de los siguientes programas generales:

PROGRAMA A: FORMACION CONTINUA DE AUTONOMOS Y TRABAJADORES EN ACTIVO O DE PROXIMA INCORPORACION A EMPRESAS ARAGONESAS PREFERENTEMENTE PYMES.

Ambito Territorial: municipios de Zaragoza (excepto distritos 2 y 7), Alagón, Alfajarín, El Burgo de Ebro, Cabañas, Cadrete, Cuarte de Huerva, Figueruelas, La Joyosa, Pedrola, Pinseque, La Puebla de Alfindén, San Mateo de Gállego, Sobradiel, Torres de Berrellén, Utebo, Villanueva de Gállego y Zuera Incluye las siguientes actuaciones: 1.--Acciones de formación y reciclaje que favorezcan el mantenimiento del empleo y mejoren el nivel de competitividad de las empresas, incidiendo principalmente en la adaptación a la transformación y reconversion industrial, la protección del medio ambiente, los sistemas de calidad total, procesos de organización y recursos humanos, gerencia empresarial, logística, distribución comercial y oficios tradicionales. 2.--Acciones formativas dirigidas a favorecer la protección del medio ambiente a través de la formación de investigadores de formadores y auditores medioambientales. 3.--Acciones de desarrollo de la investigación tecnológica y de formación de investigadores, especialmente de titulados universitarios, que logren anticipar la resolución de los desajustes funcionales del sistema económico. En dicho programa podrán participar: a) Las personas físicas, entidades jurídicas y las instituciones que dispongan de centros de formación inscritos en el Registro de Centros Colaboradores de la Diputación General de Aragón y a través de los cuales desarrollen acciones formativas de Especialidades Homologadas en sus centros o a través de Proyectos Formativos afines a las mismas. b) Las empresas que deseen formar a su propio personal así como a trabajadores de próxima incorporación a su plantilla, ejecutado proyectos formativos. En este último caso, cuando la empresa desee incorporar nuevos trabajadores, existirá el compromiso expreso por parte de la misma de contratar a un mínimo del 60 % de los alumnos formados, teniendo preferencia para participar en las mencionadas acciones formativas los alumnos demandantes de primer empleo. c) Las organizaciones empresariales o sindicales previa suscripción de un contrato programa de carácter trienal.

PROGRAMA B: FORMACION OCUPACIONAL DE PA- RADOS.

Ambito territorial: Toda la Comunidad Autónoma.

Incluye las siguientes actuaciones: 1.--Acciones y proyectos dirigidos a cualificar profesio- nalmente a los trabajadores en situación de desempleo con el objeto de favorecer su inserción laboral, atendiendo a las exigencias del sistema productivo e insertarles laboralmente cuando los mismos carezcan de formación profesional específica o su cualificación resulte insuficiente o inadecuada. 2.--Actividades de formación y orientación profesional que promuevan la integración sociolaboral de colectivos amenazados de exclusión. Se pretende con ello el acceso al aprendizaje de oficios y también la cualificación profesional de personas con problemas de adaptación psicosocial o procedentes de situaciones de marginación, con el fin de incorporarlos al mercado de trabajo. 3.--Actividades formativas de promoción de igualdad de oportunidades dirigidas a las mujeres carentes de capacitación profesional básica o susceptibles de especialización adecuada a la demanda empresarial. Tendrán preferencia para participar en las acciones de este programa general los siguientes colectivos: a) Desempleados perceptores de prestaciones o subsidio de desempleo.

b) Desempleados mayores de veinticinco años, en especial los que lleven inscritos más de un año como parados, aún cuando no se encuentren en la situación prevista en la letra a).

c) Desempleados menores de veinticinco años que hubieran perdido un empleo anterior de, al menos, seis meses de dura- ción, aún cuando no se encuentren en el supuesto a).

d) Desempleados con especiales dificultades para su inserción o reinserción laboral, en especial mujeres que quieran reintegrarse a la vida activa, minusválidos e inmigrantes. Asimismo, tendrán prioridad en la fase de selección del alumnado los grupos de personas contemplados en los objetivos del Plan Nacional de Acción para el Empleo, y en concreto según las siguientes características: a) Tiempo de permanencia en el desempleo (especialmente paro de larga duración).

b) Condición de beneficiario de prestación o subsidio de desempleo.

c) Existencia de responsabilidad familiar.

d) Discapacidad.

e) Edad y condición de mujer. En dicho programa podrán participar:

a) Las personas físicas, entidades jurídicas y las instituciones que dispongan de centros de formación inscritos en el Registro de Centros Colaboradores de la Diputación General de Aragón y a través de los cuales desarrollen acciones formativas de Especialidades Homologadas. b) Las organizaciones empresariales o sindicales previa suscripción de un contrato programa de carácter trienal. c) Las entidades públicas, Universidad de Zaragoza e interlocutores sociales, con los que se haya suscrito convenio de colaboración, siempre que las acciones se desarrollen a través de centros autorizados.

PROGRAMA C. FORMACION CONTINUA Y OCUPACIONAL EN LAS ZONAS RURALES INCLUIDAS EN EL OBJETIVO 5B.

Ambito territorial: Toda la Comunidad Autónoma, excepto los municipios incluidos en la zona del Objetivo 2 del Fondo Social Europeo (todo Aragón menos los municipios de Alagón, Alfajarín, El Burgo de Ebro, Cabañas, Cadrete, Cuarte de Huerva, Figueruelas, La Joyosa, Pedrola, Pinseque, La Puebla de Alfindén, San Mateo de Gállego, Sobradiel, Torres de Berrellén, Utebo, Villanueva de Gállego, Zuera y Zaragoza). Se incluye cualquier actividad formativa que redunde en el desarrollo socioeconómico del medio rural, en especial: 1.--Acciones y proyectos de formación profesional, perfeccionamiento y orientación integradas en la familia agraria, en el sector industrial, y en el sector servicios. 2.--Acciones de formación de investigadores e implantación de acciones formativas relacionadas con el desarrollo de nuevos métodos y oportunidades de empleo, derivadas de la aplicación de los avances tecnológicos en las empresas. En dicho programa podrán participar: a) Las personas físicas, entidades jurídicas y las instituciones que dispongan de centros de formación inscritos en el Registro de Centros Colaboradores de la Diputación General de Aragón y a través de los cuales desarrollen acciones formativas de Especialidades Homologadas o a través de Proyectos Formativos b) Otras instituciones, entidades y organizaciones públicas o privadas, desarrollando proyectos formativos. c) Las organizaciones empresariales o sindicales previa suscripción de un contrato programa de carácter trienal.

PROGRAMA D: PRACTICAS Y OTRAS ACCIONES DE INSERCION SOCIOLABORAL.

1.--Acciones dirigidas a los alumnos desempleados, ejecutadas en colaboración con empresas que se comprometan a facilitar una experiencia de trabajo en alternancia con la formación teórica.

2.--Acciones de apoyo a la integración sociolaboral de desempleados y al fomento del empleo. En dicho programa podrán participar los alumnos desempleados que hayan realizado cursos de formación del Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón y siempre a través de entidades autorizadas por la Diputación General de Aragón.

PROGRAMA E: DESTINADO A DESARROLLAR LAS ACCIONES Y PROYECTOS INTEGRADOS EN LAS INICIATIVAS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS.

Se caracterizan por tratarse de proyectos globales y transnacionales, que presentan rasgos innovadores que...

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