Decreto por el que se crea y regula la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos. (Decreto 239/2003, de 16 de septiembre)

Publicado enBOA
Ámbito TerritorialNormativa de Aragón
RangoDecreto

El incremento de responsabilidades y competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en los distintos ámbitos y sectores que conforman su política económica aconseja reforzar y coordinar todos los Departamentos e instrumentos del Gobierno de Aragón, en aras a favorecer una mayor eficacia de sus actuaciones que redunde en cotas crecientes de progreso económico y bienestar social.

En este sentido, el Texto Refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2001 de 3 de julio, prevé en su artículo 17 la posibilidad de constituir Comisiones Delegadas del Gobierno de Aragón.

Dado que las medidas de política económica se ejecutan a través de diversos Departamentos, y aun siendo el competente en materia de Economía el principal inspirador de la misma, es oportuno crear una Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos que coordine y supervise todas ellas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 16 de septiembre de 2003, DISPONGO:

ARTÍCULO 1 Creación y naturaleza.
  1. Se crea la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos.

  2. La Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos tendrá carácter permanente.

ARTÍCULO 2 Composición.
  1. La Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos estará compuesta por la Presidenta del Gobierno de Aragón, que la presidirá, y, por los Consejeros de Hacienda y Administración Pública; Economía y Empleo; Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes; Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente e Industria e Innovación.

  2. La Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos será delegable en cualquiera de los Consejeros integrantes de la misma.

  3. Actuará como Secretaria de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos, con voz pero sin voto, la Secretaria General Técnica de la Presidencia.

  4. El Presidente de la Comisión podrá convocar a sus sesiones a otros Consejeros, altos cargos o personal al servicio de la Administración Autonómica, así como los responsables de los organismos, entidades y empresas de la Comunidad Autónoma de...

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