ORDEN de 5 de octubre de 2011, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el Servicio de copias y compulsas electrónicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 45, impone a las Administraciones públicas la obligación de impulsar el empleo y la aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Por otra parte, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, regulando los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas con la finalidad de garantizar sus derechos, un tratamiento común ante ellas y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica. Esta Ley consagra, por tanto, la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación correlativa para tales Administraciones.

El cumplimiento de la Ley 11/2007 exige la puesta a disposición de los ciudadanos de determinados sistemas que faciliten el ejercicio del derecho a relacionarse con la administración por vías electrónicas, uno de los cuales es el servicio que se regula en la presente Orden y que da cumplimiento a la obligación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón de realizar copias y compulsas electrónicas cumpliendo con los requisitos, obligaciones y garantías establecidos por la normativa de aplicación.

En el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Decreto 213/1992, de 17 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre expedición de certificaciones y compulsas, modificado mediante Decreto 207/1999, de 17 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, establece la competencia de los órganos administrativos para la compulsa de documentos.

La Orden regula las dos funcionalidades del Servicio de Copias y Compulsas, es decir, la realización de copias auténticas electrónicas de documentos originales en papel emitidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR