DECRETO 81/ 2008, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la composición y funciones del Consejo de la Red Natural de Aragón.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Mayo de 2008
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 81/ 2008, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la composición y funciones del Consejo de la Red Natural de Aragón.

La Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1.21ª de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, tiene competencia exclusiva en materia de Espacios Naturales Protegidos, que incluye la regulación y declaración de las figuras de protección, la delimitación, la planificación y la gestión de los mismos y de los hábitats protegidos situados en Aragón. Por otra parte, el artículo 75.1.3ª del Estatuto de Autonomía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de protección del medio ambiente, que, en todo caso, incluye la regulación del sistema de intervención administrativa de los planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de afectar al medio ambiente; la regulación de los recursos naturales, la flora y fauna y la biodiversidad, la prevención y corrección de los residuos, de la contaminación atmosférica, del suelo y del subsuelo, así como el abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas.

El artículo 71.1ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva de creación, organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno, con arreglo al presente Estatuto. Consecuentemente con ésta, la de procedimiento administrativo derivado de las especialidades de organización propia que, la Comunidad Autónoma tiene atribuida por el artículo 71.7ª, del Estatuto de Autonomía, en relación con el artículo 61; así como con el reconocimiento de la potestad de autoorganización previsto en el artículo 3.1. a) del Texto Refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

La Ley 8/2004 de 20 de diciembre de Medidas Urgentes en materia de Medio Ambiente, modificada por la Ley 11/2006, de 28 de diciembre, de declaración de la Reserva Natural Dirigida de la Laguna de Gallocanta, regula la creación de la Red Natural de Aragón, en la que se integran como mínimo, los espacios naturales protegidos regulados en la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón que hayan sido declarados a través de su correspondiente instrumento normativo en la Comunidad Autónoma de Aragón, los humedales de importancia internacional incluidos en el Convenio RAMSAR, las Reservas de la Biosfera, los espacios incluidos en la Red Natura 2000, los montes incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Aragón, los humedales y los árboles singulares y cualquier otro hábitat o elemento que se pueda identificar de interés natural en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La creación de la Red Natural de Aragón, conformada por diferentes y heterogéneos espacios naturales de la biodiversidad aragonesa, se constituye como un nuevo...

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