DECRETO 316/2002, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y UNIVERSIDAD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 316/2002, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 35.1.29ª, atribuye a nuestra Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de investigación científica y técnica, en coordinación con la general del Estado.

Mediante Decreto 248/1995, de 26 de septiembre, de la Diputación General de Aragón, se creó el Consejo Superior de Investigación y Desarrollo con la finalidad de promover la coordinación y fomento de la investigación científica y del desarrollo tecnológico de la Comunidad de Aragón, así como para actuar de órgano de asesoramiento del Gobierno de Aragón. Este órgano es el antecedente inmediato del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo que ahora se regula.

En el ejercicio su competencia, la Comunidad Autónoma de Aragón aprobó la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y la transferencia de conocimientos de Aragón. En la citada se crea el Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo como órgano de asesoramiento técnico de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología y de la Comisión Coordinadora de Investigación.

Dadas las funciones que en materia de investigación se atribuyen al Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo resulta necesario aprobar una norma que regule la actuación de dicho órgano y desarrolle la composición, funciones, funcionamiento interno, estructura administrativa y medios técnicos.

Por lo tanto la disposición proyectada se presenta como el instrumento necesario para completar la regulación jurídica del Consejo Asesor, y se dicta en virtud de la habilitación conferida en al disposición final segunda de la Ley la Ley 9/2003, de 12 de marzo, que faculta al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la citada Ley.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Ciencia Tecnología y Universidad, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 2 de diciembre de 2003, DISPONGO:

Artículo 1. Naturaleza.

Se constituye el Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo como órgano asesor y de apoyo técnico de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología y de la Comisión Coordinadora de Investigación.

Artículo 2. Composición.

1. El Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo estará constituido por...

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