DECRETO 164/2000, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de información asistencial, de ámbito social y sanitario en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL
Rango de LeyDecreto

DECRETO 164/2000, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de información asistencial, de ámbito social y sanitario en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El establecimiento de sistemas de información sociosanitaria apropiados, es fundamental para el correcto desarrollo de las funciones de planificación, evaluación e inspección de los servicios sanitarios y sociales.

El Estatuto de Autonomía, reformado por la Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, establece, en su artículo 35, que la Comunidad Autónoma tiene entre sus competencias exclusivas las de sanidad e higiene; asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario y protección y tutela de menores. Por otra parte, mediante el artículo 39, se le atribuye asimismo la ejecución de la legislación general del Estado en la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

En el ámbito sanitario, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 8 señala que las actividades de planificación y evaluación sanitaria deben tener como base un sistema organizado de información sanitaria. En su artículo 23 establece que las Administraciones, de acuerdo con sus competencias, crearán los Registros y elaborarán los análisis de información necesarios para el conocimiento de las distintas situaciones de las que pueda derivarse su intervención. La Ley 2/1989, de 21 de abril, del Servicio Aragonés de Salud, establece el principio de evaluación continuada de la calidad de los servicios y prestaciones sanitarias, mediante sistemas de información actualizada, objetiva y programada, cuyas estructuras básicas han de ser aprobadas por el Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

La Ley 4/1987, de 25 de marzo, de Ordenación de la Acción Social contempla, por otra parte, entre sus principios inspiradores, la planificación sometida a los correspondientes procesos de evaluación, actuación que, junto a la de realizar investigaciones y estudios, corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por el Decreto 201/1999, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se aprueba la nueva estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, figurando, entre otras, las funciones de la Dirección General de Ordenación, Planificación y Evaluación, entre cuyas competencias se encuentran la planificación estratégica en Salud Publica, Asistencia Sanitaria y Servicios...

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