DECRETO 50/2009 de 24 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 224/2000, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los contratos-programa con la Universidad de Zaragoza.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Abril de 2009
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y UNIVERSIDAD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 50/2009 de 24 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 224/2000, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los contratos-programa con la Universidad de Zaragoza.

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En ejercicio de la aludida competencia, recogida ya en el artículo 36 de la anterior redacción del Estatuto de Autonomía de Aragón, tras la reforma de éste producida por la Ley Orgánica 5/1999, de 30 de diciembre, el artículo 30 de la Ley 15/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas procedió a regular la financiación de la Universidad de Zaragoza, adoptando un conjunto de medidas que tendían a incrementar sustancialmente la misma y el nivel de autonomía en su gestión durante el periodo 2000-2003. En el apartado 6 de dicho precepto legal se establecía que para atender nuevas necesidades durante ese periodo temporal formuladas por la Universidad de Zaragoza y que pretendieran financiarse parcialmente con cargo a la transferencia básica del presupuesto de la Comunidad Autónoma, el Gobierno promovería la formalización de contratos-programa con la Universidad de Zaragoza como instrumento preferente de financiación pública de las actividades universitarias, con la finalidad de fomentar la calidad de la docencia, la investigación y la gestión, y racionalizar los recursos disponibles. Para ello el apartado 7 del citado artículo 30 establecía la posibilidad de que el Gobierno de Aragón estableciera reglamentariamente el marco normativo aplicable a estos contratos, especialmente su tipología y contenido mínimo.

En este sentido, es oportuno precisar que la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón deroga el artículo 30.6 y 7 de la Ley 15/1999, y por tanto la habilitación legal que, en su día, sirvió para la realización de la disposición de carácter general que regula los contratos-programa. No obstante, hay que tener en cuenta que la citada Ley 5/2005...

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