DECRETO 81/1988, de 24 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el régimen de ayudas para el fomento de la reestructuración municipal mediante incorporaciones y fusiones de municipios.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 81/1988, de 24 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el régimen de ayudas para el fomento de la reestructuración municipal mediante incorporaciones y fusiones de municipios.

La evolución demográfica y económica ha determinado la actual existencia en la Comunidad Autónoma de Aragón de un importante número de Municipios que tienen graves dificultades para desempeñar las funciones y prestar los servicios que les competen obligadamente por su condición de Administraciones Públicas.

Su reducida población, la carencia de recursos y la falta de una mínima organización burocrática hace inviable el ejercicio de las potestades que legalmente les corresponden, así como el cumplimiento de su papel como entidades prestadoras de servicios, promotoras del desarrollo de su término y colaboradores con los otros niveles de la organización territorial.

Esta situación plantea la conveniencia de abordar una reestructuración del mapa municipal aragonés con el objetivo de lograr que las Instituciones locales puedan atender realmente al gobierno autónomo de los intereses peculiares de su población y territorio y servir al mismo tiempo como sujetos de relaciones de colaboración y cooperación con las demás Administraciones Públicas En definitiva, modernizar la organización territorial de la Administración Local para hacer posible el desempeño de las misiones que la ley y la sociedad les asignan y demandan.

El respeto a la autonomía municipal, principio constitucional, obligar a que esta reestructuración se intente atendiendo a la voluntad de los propios Municipios y con la previa convicción de que no ha de perjudicar a la población afectada. Esa convicción debe nacer de comprobar que la inacción y el actual estado de cosas conducirá inexorablemente a la paulatina desaparición de muchos Municipios por consunción (emigración, envejecimiento, falta de bases económicas).

En buen número de supuestos puede ser solución suficiente para resolver estas carencias bien la agrupación para sostenimiento de personal común, reduciendo así los costes de personal, bien la constitución de Mancomunidades para la prestación en común de determinados servicios. Pero en otros casos extremos, la debilidad estructural del Municipio es ya tan profunda que es exigida su fusión o incorporación a otros limítrofes.

Es claro que la desaparición de la personalidad jurídica no resuelve por sí el problema de fondo si sigue existiendo una población...

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