DECRETO 217/1996, de 11 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Plan de Recuperación del Bucardo o Cabra pirenaica.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 217/1996, de 11 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Plan de Recuperación del Bucardo o Cabra pirenaica.

El Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, y el Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, catalogan al bucardo (Capra p. pyrenaica) como subespecie "en peligro de extinción".

La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, dispone en su artículo 31, apartados 2 y 6, que la catalogación de una especie o una subespecie en la categoría de "en peligro de extinción", exige la elaboración, por parte de las Comunidades Autónomas, de un Plan de Recuperación en el que se definan las medidas necesarias para eliminar tal peligro de extinción.

En desarrollo de esta previsión legal, se aprobó el Plan de Recuperación del bucardo, mediante el Decreto 97/1993, de 18 de agosto, de la Diputación General de Aragón.

Las directrices técnicas contenidas en el plan estaban fundamentadas en la información científica disponible en ese momento, y, en especial, en el inventario de la población española del bucardo, realizado en 1989-90. Dicho inventario estimaba que la población superviviente de bucardo, en 1990, era de unos 10 ejemplares.

Sin embargo, la evolución reciente de la población residual de bucardo, desde esa fecha hasta la actualidad, ha sido negativa: El tamaño de la población se ha reducido hasta niveles críticos y no se tiene constancia fehaciente del nacimiento de crías durante ese periodo de tiempo y, ante la ausencia de observaciones de machos jóvenes o adultos desde 1990, es probable que no sobrevivan en la actualidad machos de bucardo.

En esas condiciones, la estrategia de conservación del bucardo contemplada en el Plan de Recuperación --basada en la captura de todos los ejemplares de la población, su cría en cautividad utilizando técnicas de transferencia embrionaria y la posterior liberación en la naturaleza de los individuos nacidos en cautividad--, es insuficiente, según el comité científico que asesora al Departamento de Agricultura y Medio Ambiente en materia de conservación del bucardo.

El citado comité científico considera imprescindible y urgente proceder a realizar un intento de reproducción in situ, para evitar la pérdida...

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