DECRETO 81/2004, 13 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los precios públicos relativos a los centros e instalaciones adscritos al Instituto Aragonés de la Juventud.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALESY FAMILIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 81/2004, 13 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los precios públicos relativos a los centros e instalaciones adscritos al Instituto Aragonés de la Juventud.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, modificada por la Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo, y Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, atribuye en su artículo 35.1.26ª a nuestra Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de juventud y promoción de las condiciones para su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.

Por su parte, el Instituto Aragonés de la Juventud, creado mediante Ley 19/2001, de 4 de diciembre, tiene encomendada la función de planificar, gestionar, crear y mantener los Albergues, Campamentos, Residencias e Instalaciones de juventud del Gobierno de Aragón, conforme prescribe el artículo 3.1.p) de aquélla.

Sobre estas bases, el Instituto Aragonés de la Juventud viene ofertando el uso público de sus instalaciones juveniles de ocio y tiempo libre que abarcan Albergues, Campamentos, Residencias y otros espacios e infraestructuras que se relacionan en el articulado del presente Decreto.

Hasta la fecha, estos centros e instalaciones juveniles han sido objeto de regulaciones sectorializadas, y, circunscrita, en la mayoría de los casos, al establecimiento de los correspondientes precios públicos devengados por su utilización y a suactualización periódica.

Transcurridos dos años desde la creación del Instituto Aragonés de la Juventud, y partiendo de la experiencia adquirida, se ha considerado oportuno y conveniente ofrecer bajo el amparo de una única disposición la regulación de los precios públicos relativos a todos ellos.

El presente Decreto aspira, de este modo, a dar una regulación común a todos los precios públicos devengados por la utilización de Campamentos, albergues, residencias y otros espacios destinados principalmente a la población más joven, sin perjuicio de las necesarias especialidades que el uso de unos y otros pueda llevar aparejado. A tal efecto, el Decreto se estructura en dos títulos: el primero recoge una serie de disposiciones generales, en las que se especifican los precios públicos regulados en el Decreto y su gestión. En el título segundo, integrado por cuatro capítulos, se detallan los distintos precios públicos de los centros e instalaciones adscritos al Instituto Aragonés de la Juventud.

El Decreto se completa con una disposición transitoria, dos disposiciones derogatorias, tres disposiciones finales y cuatro anexos, en los que se recogen las cuantías y bonificaciones de los precios públicos establecidos para cada una de las siguientes cuatro categorías: Campamentos, Albergues, Residencias juveniles y otros Espacios. De esta forma, se facilita en el futuro su actualización sin modificación del articulado.

Finalmente, en cuanto a la utilización de estas instalaciones indicar que se consolida en la estructura de precios, el servicio de reserva de...

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