ORDEN de 11 de enero de 2007, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde total administrativo del monte «Pardina de Valtorres», nº 415 del Catálogo de los de utilidad pública de la provincia de Zaragoza, y nº Z-1.110 del Elenco de Montes Propios de la Administración Forestal, perteneciente a la Comunidad Autónoma de ...

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyOrden

ORDEN de 11 de enero de 2007, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde total administrativo del monte «Pardina de Valtorres», nº 415 del Catálogo de los de utilidad pública de la provincia de Zaragoza, y nº Z-1.110 del Elenco de Montes Propios de la Administración Forestal, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y sito en el término municipal de Ateca (Zaragoza).

Visto el expediente DM 1/05, de deslinde total administrativo del Monte de Utilidad Pública nº 415 (antiguo 7-G), denominado «Pardina de Valtorres», nº Z-1.110 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y sito en el término municipal de Ateca (Zaragoza), resultan de él los siguientes:

Antecedentes

Primero.-Con fecha 6 de octubre de 2005, el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Zaragoza remite a la Dirección General del Medio Natural el Proyecto de deslinde total administrativo del monte «Pardina de Valtorres», nº 415 (antiguo nº 7-G) del Catálogo de los de utilidad pública de la provincia de Zaragoza, y nº Z-1.110 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y sito principalmente en el término municipal de Ateca (Zaragoza).

Segundo.-Mediante Resolución de 18 de octubre de 2005, la Dirección General del Medio Natural aprueba el Proyecto de deslinde y autoriza al Servicio Provincial de Medio Ambiente de Zaragoza a nombrar Ingeniero operador y a publicar los anuncios de inicio de las operaciones correspondientes.

Tercero.-El estado de deslinde total administrativo del monte fue declarado mediante Anuncio del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Zaragoza publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 134, de 11 de noviembre de 2005, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 268, de 22 de noviembre de 2005.

Cuarto.-Al hallarse el monte inscrito en el Registro de la Propiedad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 80.2 del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962, se remitió por duplicado, con fecha 28 de octubre de 2005, al Sr. Registrador de la Propiedad del Distrito Hipotecario de Ateca, certificación acreditativa de la declaración de estado de deslinde para que aquél extendiera la correspondiente nota al margen de la inscripción de dominio del monte, lo cual hizo con fecha 28 de noviembre de 2005.

Quinto.-Se dio publicidad al nombramiento de Ingeniero operador y al inicio de las operaciones mediante Anuncio del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Zaragoza publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» BOA nº 54, de 15 de mayo de 2006 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 116, de 24 de mayo de 2006, a los Ayuntamientos de Ateca, Valtorres, Carenas y Munébrega, mediante respectivos oficios de 8 de mayo de 2006, para su exposición en los tablones municipales de anuncios durante un plazo de 20 días hábiles, y con dicha antelación mínima con respecto al inicio de las operaciones. Consta en el expediente certificación expedida con fecha 12 de julio de 2006 (aunque por error figura el mes de mayo en la diligencia original), por el Sr. Secretario del Ayuntamiento de Ateca con el visto bueno del Sr. Alcalde, que acredita la exposición del anuncio en el tablón municipal de esa corporación.

Sexto.-El inicio de las operaciones fue también notificado a todas las entidades públicas y los particulares que se identificaran como interesados y que tuvieran domicilio conocido, mediante oficios de 8 de mayo, 23 de mayo, 8 de junio, 14 de junio y 22 de junio de 2006.

Séptimo.-El apeo se realizó los días 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26 y 27 de julio de 2006, quedando este último día completamente apeados, y amojonados provisionalmente, los perímetros interior y exterior del monte. Se redactaron las correspondientes actas diarias, que fueron suscritas sin protestas por todos los asistentes al apeo y en las que se expresa el itinerario seguido para la colocación de los piquetes que circunscriben los perímetros exterior e interior del monte, con su numeración, quedando su situación localizada en plano.

Octavo.-Con fecha 8 de agosto de 2006, se emitió informe por el Ingeniero operador, en el que da cuenta de la tramitación seguida, del apeo, del perímetro exterior e interior fijados, de las servidumbres y de las cabidas, concluyendo con la propuesta de resolución del deslinde.

Noveno.-Mediante nota interna de 9 de agosto de 2006, fue solicitado el informe preceptivo de la Dirección General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio que establece el artículo 15.3 del Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esa Dirección contestó remitiendo informe de fecha 11 de septiembre de 2006, manifestando su acuerdo con lo actuado.

Décimo.-Se dio publicidad al trámite de audiencia y vista del expediente mediante anuncio en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 112, de 27 de septiembre de 2006, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 235, de 11 de octubre de 2006, dirigidas a todos los interesados (incluyendo los Ayuntamientos de Ateca, Carenas, Valtorres y Munébrega, y al Servicio de Patrimonio del Estado), de fecha 19 de septiembre de 2006 y mediante anuncio que fue dirigido a los Ayuntamientos de Ateca, Carenas, Valtorres y Munébrega mediante oficios de la misma fecha, en el que se rogaba que tal anuncio permaneciera expuesto en el tablón municipal durante el plazo de un mes.

Undécimo.-Durante el período de audiencia y vista del expediente no consta que se haya producido alegación alguna, ni ante esta Administración, ni ante los ayuntamientos citados, según acredita la certificación del Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Zaragoza, de fecha 14 de noviembre de 2006, obrante en el expediente. Obra también certificación municipal de exposición del citado anuncio, y de no presentación de reclamaciones, emitida por el Ayuntamiento de Ateca (de fecha 26 de octubre de 2006).

Duodécimo.-Con fecha 15 de noviembre de 2006, la Ingeniera Jefa de la Sección de Medio Natural de Zaragoza emite Informe-propuesta favorable a la aprobación del deslinde. Con fecha 16 de noviembre siguiente, el Director del Servicio Provincial de este Departamento en Zaragoza, de acuerdo con el artículo 125 del Reglamento de Montes, manifiesta su acuerdo con lo actuado y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Ingeniero de Montes operador del deslinde.

Fundamentos jurídicos

Primero.-En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al deslinde de montes públicos, habiéndose insertado los reglamentarios anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y en el Boletín Oficial de Aragón, y se ha notificado debidamente a todos los particulares y administraciones que constaran como interesados y tuvieran domicilio conocido.

Segundo.-Durante la práctica del deslinde no se presentaron alegaciones, según consta en las actas suscritas los días 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26 y 27 de julio de 2006.

Tercero.-Transcurrido el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron reclamaciones.

Cuarto.-Destaca el Informe del Ingeniero operador el hecho de que el monte, que muy mayoritariamente se halla en el término municipal de Ateca, invade también los de Valtorres, Carenas, Munébrega y Terrer (este último, sólo en unos pocos metros), todos ellos mediante sólo unos pequeños entrantes, casi siempre de muy escasa significación. Analiza detenidamente el Ingeniero de Montes operador en su Informe el problema administrativo que se deriva de ello, hasta cierto punto menor, pero que conviene exponer y resolver. Y es que parece que en este caso sería de aplicación lo dispuesto en el artículo 39.6 del vigente Reglamento de Montes, según el cual «si, por excepción, un monte declarado de utilidad pública se hallase situado en dos o más términos municipales o provincias, se considerará, en general, a efectos de su designación en el Catálogo, como otros tantos predios distintos, inscribiéndose cada uno de éstos en su correspondiente provincia y término municipal con los límites propios, las cabidas que se deduzcan de sus líneas perimetrales y números que les correspondan, pero manteniendo para todos ellos la misma denominación e idéntica pertenencia». No obstante, como continúa exponiendo en su informe el Ingeniero operador, este precepto resulta de inconveniente aplicación al caso que nos ocupa, ya que según lo expuesto este monte se debería describir como cinco predios distintos, siendo cuatro de ellos de extensión muy reducida (el de Terrer, como se ha dicho, de unos pocos metros cuadrados), formados por varias parcelas disjuntas de límites caprichosos y de costoso e inútil replanteo sobre el terreno. Entiende en su Informe el Ingeniero operador, por tanto, que debe interpretarse de manera flexible el citado artículo 39.6, puesto que éste contiene la significativa matización de que será aplicable en general, esto es, admitiendo excepciones, entre las cuales se encontraría claramente este caso, y que por ello este monte se debe describir excepcionalmente como uno sólo en el Catálogo, indicando, eso sí, que invade terrenos de otros términos. Tal propuesta parece suficientemente razonada, y conforme a Derecho.

Quinto.-Igualmente, también subraya el Informe del Ingeniero operador que, en el momento de la compra por parte del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), dos de las tres fincas adquiridas que constituían el monte constaban con una servidumbre inscrita en el Registro de la Propiedad. Se trataba, en concreto, de las fincas registrales números 5.986 y 5.987, que conformaban la Dehesa de Torres (una de las dos que constituyen el actual MUP nº 415), las cuales estaban, ambas, gravadas con la misma servidumbre inscrita en el...

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