ORDEN de 11 de febrero de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se determinan las plantillas de maestros en Colegios de Educación Infantil y Primaria, Institutos de Educación Secundaria, Secciones Delegadas de Educación Secundaria, en Centros Públicos de Educación de Personas Adultas y en Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, para el curso 2013-2014.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 73, dedicado a la Enseñanza, indica que corresponde a la Comunidad Autónoma, entre otras, la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes orgánicas que lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que el artículo 149.1.30 de la Constitución atribuye al Estado.

El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 178/2012, de 17 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1 las competencias que se atribuyen a dicho departamento, entre las que se incluyen, en el apartado 2.f), la gestión del personal docente no universitario.

Por ello, en aplicación de lo anteriormente expresado, y para dar una respuesta adecuada a las necesidades educativas previstas para el curso 2013-2014, dispongo:

Artículo 1 En los anexos I, II y III de esta orden se determina la plantilla de Maestros de Educación Infantil y Primaria, para el mencionado curso, en:

- Colegios de Educación Infantil y Primaria.

- Colegios Rurales Agrupados.

- Centros de Educación Especial.

- Institutos de Educación Secundaria y Secciones de Educación.

- Centros Públicos de Educación de Personas Adultas.

- Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

Artículo 2

Para establecer qué maestros han de ser desplazados, cuando sea necesario en función de las modificaciones de las plantillas orgánicas establecidas en los anexos I y II de la presente orden, se aplicará lo dispuesto en la Orden de 6 de mayo de 2011 ("Boletín Oficial de Aragón" 1 de junio), sobre desplazamiento de maestros en centros públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial, como consecuencia de la supresión o modificación de los puestos de trabajo docentes.

Artículo 3

En los casos en los que determinados...

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