ORDEN SAN/675/2019, de 11 de junio, por la que se crea el Portal Electrónico de Gestión de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud y se establecen las medidas iniciales para su puesta en marcha.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece en artículo 28.2 que los poderes públicos deberán promover las condiciones que garanticen en el territorio de Aragón el acceso sin discriminaciones a los servicios audiovisuales y las tecnologías de la información y la comunicación.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resulta clave al ser una norma que sistematiza toda la regulación relativa al procedimiento administrativo, que clarifica e integra el contenido de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y la Ley 11/2007, de 22 de junio, y profundiza en la agilización de los procedimientos con un pleno funcionamiento electrónico. Todo ello para un mejor cumplimiento de los principios constitucionales de eficacia y seguridad jurídica que deben regir la actuación de las Administraciones Públicas.

En el entorno actual, la tramitación electrónica no puede ser todavía una forma especial de gestión de los procedimientos, sino que debe constituir la actuación habitual de las Administraciones. Porque una Administración sin papel basada en un funcionamiento íntegramente electrónico no solo sirve mejor a los principios de eficacia y eficiencia, al ahorrar costes a los ciudadanos, sino que también refuerza las garantías de los interesados. En efecto, la constancia de documentos y actuaciones en un archivo electrónico facilita el cumplimento de las obligaciones de transparencia, pues permite ofrecer información puntual, ágil y actualizada a los interesados.

Por todo ello, el Gobierno de Aragón ha acometido en los últimos años un programa de modernización de sus infraestructuras destinado a promover el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, e impulsar su implantación social. Tras constituir el Portal del Gobierno de Aragón como un portal unitario de acceso para todos los ciudadanos, en el año 2002 fue creado el Portal de Servicios del Gobierno de Aragón, a fin de recoger, junto con la información institucional corporativa, la información administrativa y los servicios sectoriales prestados por los Departamentos y Organismos Públicos.

Mediante Decreto 129/2006, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, se regulan las relaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con su personal mediante el uso de redes telemáticas y se crea, entre otros, el Portal del Empleado dirigido a facilitar la ejecución de las tareas y el ejercicio de obligaciones y derechos de los empleados públicos.

Más recientemente, la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, en su artículo 39, ha creado el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón a fin de incluir toda la información exigida en el régimen de publicidad activa, así como aquella otra que se considere de interés, fomentando así la tramitación electrónica.

Continuando este modelo de prestación del servicio público de atención al ciudadano y a la sociedad, a través de sistemas y servicios telemáticos y electrónicos, mediante la presente Orden se viene a crear, en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud, el Portal Electrónico de Gestión de Recursos Humanos y se establecen medidas encaminadas a la ordenación y gestión de dicho Portal, con la finalidad de aprovechar al máximo todo el avance tecnológico que el Gobierno de Aragón viene impulsando.

El tratamiento de los datos y de cuanta información contenga este Portal cumplirá cuantas previsiones establece la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, quedando plenamente garantizados estos derechos de la ciudadanía, conforme al mandato del artículo 18.4 de la Co...

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