ORDEN PRI/1306/2019, de 27 de septiembre, por la que se efectúa convocatoria para el acceso a la Bolsa de Trabajo para la provisión, mediante nombramiento interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en entidades locales aragonesas.

SecciónII. Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

En el año 2005, el Departamento competente en materia de Régimen Local, procedió a la convocatoria para la formación de una lista de espera para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

Posteriormente, dada la eficacia y rapidez de este sistema de provisión se consideró conveniente ampliarlo al resto de subescalas de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Secretaría e Intervención-Tesorería, dado el número de vacantes y la escasez de funcionarios pertenecientes a las mismas.

La finalidad de dichas convocatorias es facilitar a las Entidades locales la rápida provisión de dichos puestos de trabajo, en caso de vacante o de concesión de las licencias correspondientes, con el consiguiente ahorro económico, así como coordinar el proceso selectivo de dichos funcionarios para conseguir una homogeneidad en su selección en esta Comunidad Autónoma.

A partir de 2017, la confección de la lista de espera se realiza a través del sistema de concurso-oposición en el que se priman los conocimientos y la formación y preparación especializada de los futuros miembros de la Bolsa.

Así, para poder integrarse en la misma será necesaria la superación de 2 ejercicios prácticos, uno de carácter jurídico y otro económico, con los que se pretende asegurar la posesión de unos conocimientos mínimos para ejercer las funciones reservadas a dichos puestos.

Únicamente se valorará la formación a través de unos determinados títulos que implican un cierto grado de especialización en derecho local, así como la superación de ejercicios en las pruebas de acceso a plazas de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, conforme a la actual normativa estatal.

Se desarrolla más minuciosamente la forma de provisión de los puestos vacantes, así como las consecuencias de un deficiente ejercicio de las funciones correspondientes a los mismos.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 53.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, he resuelto efectuar convocatoria para la formación de una Bolsa por cada una de las subescalas de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de aspirantes para la provisión de puestos de trabajo reservados a los mismos, en calidad de funcionarios interinos con arreglo a las siguientes Bases:

  1. Normas generales.

    1.1. Se efectúa convocatoria con el fin de disponer de una relación de personas que deseen trabajar como funcionarios interinos en los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de las Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, constituyéndose una Bolsa de interinos para cada una de las siguientes subescalas:

    Secretaría.

    Intervención-Tesorería.

    Secretaría-Intervención.

    1.2. Se constituirá una única Bolsa por cada una de las subescalas, para toda la Comunidad Autónoma.

    1.3. El proceso selectivo se realizará por el sistema de concurso-oposición.

    1.4. Las bolsas de interinos se formarán con los aspirantes que alcancen la puntuación mínima exigida para cada una de las subescalas y según el orden de puntuación obtenida, pudiéndose optar por figurar en una o en varias de las tres bolsas.

  2. Requisitos de los aspirantes.

    2.1. Requisitos generales.

    Para ser admitidos a la presente convocatoria los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y mantenerse durante todo el tiempo que se esté incluido en la Bolsa de interinos.

    - Tener la nacionalidad española.

    - No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible para el desempeño de funciones públicas.

    - No exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

    - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

    - Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.

    Los requisitos establecidos en esta base deberán mantenerse en el momento de la toma de posesión en caso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR