ORDEN PRE/90/2018, de 12 de enero, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Berge en materia de Educación Infantil de primer ciclo.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2018/6/0045 la adenda al convenio de colaboración suscrita, con fecha 29 de noviembre de 2017, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Berge y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 12 de enero de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE BERGE EN MATERIA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

En Zaragoza,

a 29 de noviembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en representación del Gobierno de Aragón, de conformidad con el Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 28 de noviembre de 2017.

Y de otra, el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Berge en representación de la entidad local, como titular de la escuela de educación infantil de primer ciclo,

EXPONEN

Que con fecha 25 de julio de 2017, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de Berge firmaron un convenio en virtud del cual se estableció la participación de la administración educativa autonómica en la financiación de la escuela infantil de primer ciclo de Berge en el periodo comprendido entre enero de 2017 y junio de 2018.En concreto, el Gobierno de Aragón aporta la cantidad de 33.750 € distribuidos en 22.500 € para el año 2017 y 11.250 € para el año 2018. En el convenio se establece que esta cantidad se abonaría mediante un anticipo del 50% del total a la firma del convenio, y mediante el pago de la cuantía restante una vez finalizada su duración, previa justificación, fiscalización y trámites oportunos.

Durante los primeros meses de vigencia del convenio se ha observado que el desarrollo temporal del mismo, junto con su régimen de pagos, exige un importante esfuerzo económico a la entidad local, ya que existe un desfase temporal muy amplio entre el momento de la prestación del servicio y el de la percepción de la ayuda. El período de ejecución de la actividad subvencionada abarca de 1 de enero de 2017 a 30 de...

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