ORDEN PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, dispone en su Exposición de Motivos que "El presente Estatuto sitúa a Aragón en el lugar que, como nacionalidad histórica, le corresponde dentro de España y, a través de ella, su pertenencia a la Unión Europea", al tiempo que "amplía y consolida nuevos espacios competenciales y se abre a nuevos horizontes como el de su vocación europea, asociada a su tradicional voluntad de superar fronteras".

Asimismo, dentro del Título VII "Cooperación institucional y acción exterior", el artículo 98 de la norma institucional básica aragonesa establece, en el ámbito de la cooperación exterior, que "La Comunidad Autónoma de Aragón, como territorio limítrofe, promoverá la cooperación con las regiones europeas con las que comparte, por dicho carácter, intereses económicos, sociales, ambientales y culturales".

Por su parte, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.

En el ámbito de la cooperación transfronteriza, desde hace varias décadas se han desarrollado contactos continuos entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Aquitania y Midi-Pyrénées, en aspectos de interés mutuo. Mientras los primeros contactos se concretaban en reuniones institucionales para suscribir acuerdos sobre la permeabilización del macizo pirenaico, el desarrollo del medio ambiente y otros intereses comunes, posteriormente las tres regiones consideraron la posibilidad de ampliar los contactos con otras regiones fronterizas. Así, en 1983 se creó la Comunidad de Trabajo de los Pirineos (CTP) y en 1991 la Asociación Europea de Regiones de Montaña (AEM), organismos en los que las tres regiones citadas se integraron institucionalmente.

En este escenario de cooperación territorial europea, en su modalidad transfronteriza, procedía desarrollar mecanismos para fomentar que también los ciudadanos, entidades e instituciones públicas y agentes económicos y sociales con residencia en estas regiones, siguiendo la filosofía de la eliminación de fronteras, desarrollasen conjuntamente acciones y proyectos de cooperación transfronteriza. Ya en el año 1994 comenzó esta cooperación entre ciudadanos de las regiones mencionadas a través de la Iniciativa Comunitaria INTERREG. Posteriormente, el Gobierno de Aragón suscribió con los Consejos Regionales de Midi-Pyrénées y Aquitania, el 27 de abril y el 20 de mayo de 2001, respectivamente, sendos Convenios de Cooperación Transfronteriza, en los que se estableció un marco de cooperación entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las dos regiones francesas citadas, comprometiéndose a fomentar proyectos de interés común. A partir de la firma de estos Convenios de Cooperación Transfronteriza, el Gobierno de Aragón ha venido convocando y concediendo subvenciones desde el año 2002.

Mediante Decreto 24/2007, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón, modificado por Decreto 5/2008, de 30 de enero, se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Aquitania y Midi-Pyrénées, aprobando el marco normativo para la convocatoria y concesión de subvenciones en materia de cooperación transfronteriza.

Con posterioridad, con fecha 26 de septiembre de 2013, se suscribió el nuevo convenio de Cooperación Transfronteriza entre el Consejo Regional de Aquitania y el Gobierno de Aragón, y con fecha 1 de abril de 2015, tuvo lugar la firma del convenio Marco de Cooperación Transfronteriza entre el Consejo Regional de Midi-Pyrénées y el Gobierno de Aragón. Ambos convenios fueron publicados en el "Boletín Oficial de Aragón", con fechas 12 de marzo de 2014 y 8 de julio de 2015, respectivamente.

Asimismo, debe tenerse en cuenta la profunda reestructuración territorial en Francia, a través de la Ley número 2015-29, de 16 de enero de 2015, relativa a la delimitación de las regiones, a las elecciones regionales y departamentales y que modifica el calendario electoral, así como del Decreto número 2016-1264, de 28 de septiembre, que establece el nombre y la sede gubernamental de la región de Occitania (anteriormente Midi-Pyrénées), y del Decreto número 2016-1267, de 28 de diciembre, que establece el nombre y la sede gubernamental de la Región Nueva Aquitania (anteriormente Aquitania). En base a ello, las Regiones de Nueva Aquitania y Occitania Pirineos-Mediterráneo han sucedido, a partir del 1 de enero de 2016 a las antiguas Regiones de Aquitania y Midi-Pyréneés subrogándose en sus obligaciones y, en concreto, en lo dispuesto en los mencionados Convenios de Cooperación Transfronteriza suscritos en 2013 y 2015, respectivamente, con el Gobierno de Aragón.

Por otra parte, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, ha supuesto la aprobación de un nuevo régimen jurídico de las subvenciones que se conceden en la Comunidad Autónoma de Aragón, estableciendo en su disposición transitoria segunda la necesaria adaptación de las bases reguladoras de subvenciones que estuvieran publicadas antes de la entrada en vigor de la misma.

Asimismo, la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, establece en su Título II, Capítulo II, y en particular en su artículo 18, nuevas obligaciones de publicidad activa para las Administraciones Públicas aragonesas, en relación con la planificación, concesión y gestión de ayudas y subvenciones públicas, así como obligaciones de publicidad para aquellos beneficiarios de subvenciones que tengan la condición de sujetos obligados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la mencionada Ley.

Finalmente, hay que tener en cuenta que las competencias en materia de acción exterior en la Comunidad Autónoma de Aragón corresponden al Departamento de Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 1 de junio de 2016, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se reasignan determinadas competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma y se atribuyen al Departamento de Presidencia las competencias en materia de acción exterior.

Como consecuencia de esta reasignación, mediante Decreto 141/2016, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se modifica el Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, ampliando las competencias atribuidas al Departamento de Presidencia, en materia de acción exterior.

Por todo lo expuesto, la presente orden tiene como objeto establecer un nuevo marco normativo de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones a proyectos de cooperación transfronteriza, adaptándolas, por una parte, al nuevo escenario de los Convenios de Cooperación Transfronteriza citados, suscritos en 2013 y 2015, entre el Gobierno de Aragón y los Consejos Regionales de Aquitania (actual Nueva Aquitania) y de Midi-Pyrénées (actual Occitania), y por otra parte, al nuevo marco legal contenido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, así como a lo dispuesto en la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Asimismo, se ha tenido en cuenta la Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, en la que se establece que las subvenciones transfronterizas del Departamento de Presidencia destinadas a la Administración Local en el Fondo Local de Aragón, anexo 1 de la citada ley, deben excluirse expresamente de las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la subvención de programas transfronterizos de las entidades locales, a las que será de aplicación la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón, según recoge el artículo primero de la misma. Por esa razón, las subvenciones destinadas a las entidades locales quedan fuera del ámbito de aplicación de la presente orden, y se regirán por su normativa específica.

En la elaboración de esta orden se han tenido en cuenta las disposiciones comunitarias en materia de ayudas públicas, aplicándose para las empresas el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión Europea, de 18 de diciembre de 2013 ("Diario Oficial de la Unión Europea" de 24 de diciembre), relativo a la aplicación de los artículos 107 y...

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