ORDEN PRE/1646/2018, de 11 de octubre, por la que se convocan cinco becas de formación en materia de periodismo y comunicación con destino en la Dirección de Comunicación del Gobierno de Aragón.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Orden PRE/354/2016, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación ("Boletín Oficial de Aragón", número 81, de 28 de abril), establece el procedimiento para la concesión de becas en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación que pueden ser convocadas por el Consejero competente en materia de comunicación mediante orden.

En este sentido, el Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, por un lado, atribuye al Departamento de Presidencia el ejercicio de la competencia que corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón en relación con los medios de comunicación social, la portavocía del Gobierno y la ejecución de la política informativa del Gobierno de Aragón (artículo 1a)), y, por otro, asigna a la Dirección de Comunicación que depende directamente del Consejero de Presidencia (artículo 3) el ejercicio de las funciones encomendadas con los medios de comunicación y la ejecución de la política informativa del Gobierno de Aragón (artículo 29).

Las becas objeto de la presente convocatoria suponen un valor añadido en la formación de los jóvenes aragoneses que accedan a ellas y con la ayuda económica y el ejercicio práctico de labores informativas que aportan contribuyen a completar la formación obtenida en la Universidad en materia de periodismo y comunicación.

La presente convocatoria queda incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Presidencia para el período 2016-2019, aprobado por Orden de 22 de febrero de 2016, que incluye dentro del programa Servicios Generales de Presidencia una línea de subvención con el objetivo de ampliar la formación de los titulados en algún área vinculada al mundo de la comunicación y facilitar su incorporación en el mercado laboral.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto y régimen jurídico aplicable.

  1. El objeto de esta orden es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de cinco becas de formación en materia de periodismo y comunicación, con destino en la Dirección de Comunicación del Departamento de Presidencia.

  2. Las becas son incompatibles con cualquier otro tipo de beca o ayudas concedidas por entidades públicas o privadas con la misma finalidad.

  3. La condición de becario no dará lugar, bajo ningún concepto, a relación laboral o administrativa con el Gobierno de Aragón. Los becarios estarán asimilados a los trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.1 del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en los programas de formación.

  4. Las becas se regirán por esta convocatoria, por las bases reguladoras contenidas en la Orden PRE/354/2016, de 21 de abril, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Reglamento de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y por la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

  5. La actividad formativa de los becarios se enmarca en un Plan de Formación teórico y práctico que comprende los conocimientos y habilidades que el becario deberá adquirir durante el periodo de disfrute de la beca, orientados a ampliar su formación y a facilitar la integración en el mercado laboral. En la página web del Gobierno de Aragón, dirección electrónica: www.aragon.es, aparece publicado el Plan de Formación que corresponde a las becas objeto de esta convocatoria.

    Segundo.- Dotación y financiación de las becas.

  6. Las becas estarán dotadas con una cuantía de once mil euros anuales (11.000 €) cada una, que se devengarán por meses vencidos. A dicho importe se le deducirán las retenciones fiscales y de seguridad social que correspondan.

  7. Los gastos originados se financiarán en su totalidad con cargo a la aplicación presupuestaria 10010/G/1211/480012/91002 del Presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2018 y 2019, quedando condicionada en todo caso la resolución de esta convocatoria a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el citado Presupuesto.

    Tercero.- Período de disfrute.

  8. El periodo de disfrute de las becas se extenderá desde el 1 de noviembre de 2018 hasta...

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