ORDEN PRE/1571/2016, de 18 de octubre, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón (SODIAR), para la creación y dotación del 'Fondo de apoyo a las empresas de economía social aragonesas'.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/7/0088 el convenio suscrito, con fecha 4 de octubre de 2016, por la por la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón y el Vicepresidente del Consejo de Administración de SODIAR, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de octubre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL DE ARAGÓN (SODIAR), PARA LA CREACIÓN Y DOTACIÓN DEL FONDO DE APOYO A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL ARAGONESAS

Zaragoza, 4 de octubre de 2016.

De una parte, la Sra. Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, D.ª Marta Gastón Menal, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano de fecha 30 de agosto de 2016.

De otra, el Vicepresidente del Consejo de Administración de la Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón (en adelante, SODIAR), D. Luis Fernando Lanaspa Santolaria, en virtud del Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 26 de mayo de 2016.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente y el poder bastante para obligarse en este convenio de colaboración, y a tal efecto

  1. La Constitución Española establece en su artículo 40 que los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. Asimismo, el artículo 129 de la Constitución Española determina que los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas.

    En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, afirma en su artículo 26, en el ámbito específico de empleo y trabajo, que los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad.

    Por su parte, en relación con el reparto de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, el artículo 71. 32.ª del Estatuto, atribuye a Aragón la competencia exclusiva sobre la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los principios de equilibrio territorial y de sostenibilidad.

    El ejercicio de la citada competencia corresponde, en la actualidad, al Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, según lo dispuesto en el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma y se asignan competencias a los Departamentos.

    En este sentido, es objetivo del citado departamento el desarrollo de un programa de actuaciones en orden a fomentar la actividad de las empresas de economía social, la formación e inserción laboral de determinados colectivos de personas.

    El Gobierno de Aragón ha arbitrado diversas líneas de subvenciones, generales o específicas, a las que pueden acceder estas empresas. Sin embargo, las subvenciones por sí solas no pueden resolver las dificultades de acceso al crédito financiero que tienen este tipo de empresas y que se añaden a las generales que sufren el resto de empresas.

    Las empresas de economía social están sufriendo con mayor intensidad que otras entidades las dificultades de acceso al crédito para conseguir el correcto desarrollo de su actividad social, por lo que se considera conveniente fomentar su actividad mediante la creación y dotación de una línea de financiación específica.

  2. Por otra parte la Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón (en adelante, SODIAR), creada mediante Real Decreto 2884/1983, de 28 de septiembre, es en la actualidad un instrumento del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón concebido para dinamizar la actividad empresarial, participando en iniciativas que aporten inversión y sean generadoras de empleo en Aragón. De este modo, la actividad de SODIAR se centra en la promoción de inversiones en la región aragonesa y en su financiación mediante la participación en el capital o la concesión de préstamos a sociedades a constituir o ya existentes. A tal efecto, entre sus funciones se encuentran la realización de estudios para promover e impulsar el desarrollo industrial, así como prestar asesoramiento de todo tipo, ya sea técnico, de gestión, financiero o económico a las empresas de la región; fomentar entre las empresas de la región acciones comunes tendentes a las mejoras, tanto de la infraestructura industrial como de las estructuras empresariales, en orden a una mayor competitividad; captar recursos ajenos para canalizarlos hacia las empresas, así como prestar servicios que, encomendados al Estado y a los entes locales, y delegados en SODIAR, no impliquen el ejercicio de poderes soberanos y, en general, cualesquiera otras actuaciones que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines.

    En este marco de actividad, SODIAR gestiona aportaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón para canalizarlas hacia sectores específicos de la economía...

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