ORDEN IIU/982/2017, de 7 de julio, por la que se convocan subvenciones para la reparación, mantenimiento y puesta a punto de equipamiento científico de los centros y organismos de investigación de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2017 cofinanciada con el Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 71.41.ª, la competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica. Asimismo el artículo 79 del Estatuto de Autonomía establece que en las materias de su competencia corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento.

Como consecuencia de la nueva organización de la Administración autonómica establecida por el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, en la actualidad, es el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad el órgano que asume, las competencias en materia de investigación, innovación, administración electrónica, sociedad de la información y universidad.

De acuerdo con lo anterior se aprobó el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad. En virtud de este decreto corresponden al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad las competencias en materia de fomento y coordinación de la investigación, desarrollo y transferencia de conocimientos en Aragón, así como la promoción y fomento de la actividad investigadora.

La importancia de las actuaciones objeto de estas subvenciones tiene su origen en el II Plan de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimientos de Aragón, aprobado mediante Decreto 263/2004, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, al amparo de la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y la transferencia de conocimientos en Aragón, que dentro de las acciones generales de fomento de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, y concretamente dentro de las acciones de apoyo a la I+D, prevé una acción específica (apartado 8) para el mantenimiento y reparación de equipamiento científico.

Por otro lado, el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad 2016-2019, aprobado por Orden de 18 de febrero de 2016, de la Consejera de Innovación, investigación y Universidad, prevé dentro del programa "Fomento de la Investigación" la línea de subvenciones destinadas al mantenimiento, reparación y puesta a punto de equipamiento científico, como una línea específica de subvenciones otorgadas mediante procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con el marco competencial existente en las materias expuestas y con la planificación realizada sobre las distintas áreas funcionales, se aprobó la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 29 de julio de 2016), por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ("Boletín Oficial del Estado", número 276, de 18 de noviembre de 2003), la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 68, de 10 de abril de 2015), y demás normativa aplicable en esta materia en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El artículo 2 de dicha orden establece una serie de líneas de subvención y regula las normas sustantivas de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa aplicable a la actividad subvencional en la Comunidad Autónoma de Aragón, y entre dichas líneas se encuentra la referida a las subvenciones para el mantenimiento, reparación y puesta a punto de equipamiento científico, cuyas bases reguladoras se encuentran tanto en el Título preliminar, como en el capítulo V del Título I de la citada Orden IIU/777/2016, de 20 de julio.

Además de la financiación autonómica, se prevé que estas ayudas estén cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020, dentro del Eje Prioritario 1 (Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación), Prioridad de inversión 1a, relativa a la mejora de las infraestructuras de investigación e innovación y de la capacidad para desarrollar excelencia en materia de I+i y el fomento de centros de competencia, y dentro del Objetivo Específico 1.1.2. que persigue el fortalecimiento de las instituciones de I+D y la creación, consolidación y mejora de las infraestructuras científicas y tecnológicas. La línea se identifica con el código INV02_B2, Acciones de apoyo a las infraestructuras de I+D+i.

La investigación científica y técnica de vanguardia requiere con frecuencia un equipamiento avanzado que, por su coste, a menudo excede las posibilidades de financiación de los investigadores individuales y grupos de investigación, siendo objeto de convocatorias específicas a nivel nacional y regional. En este aspecto, la sociedad aragonesa invierte desde hace tiempo parte de sus recursos públicos en ayudas para mejorar las infraestructuras de los centros de investigación, apostando así por el fomento de la investigación y el desarrollo tecnológico dentro de la Comunidad.

Sin embargo, el equipamiento científico no sólo presenta un elevado coste de adquisición, sino que es también costoso en cuanto a su mantenimiento. Tras su compra, para que las infraestructuras científicas conserven sus prestaciones y resulten herramientas eficaces en la búsqueda de conocimiento, es necesario realizar labores periódicas de mantenimiento, reparación y puesta a punto, que implican unos gastos que no resultan subvencionables por otras convocatorias de ayudas.

Con esta convocatoria se pretende contribuir a sufragar los gastos derivados del mantenimiento, reparación y puesta a punto de equipos científicos que prestan su servicio en centros y organismos de investigación que desarrollen su actividad investigadora en Aragón.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, lo que exige, como punto de partida, efectuar la correspondiente convocatoria, tal como prevé el artículo 7 de la antedicha Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, en la que se afirma que las subvenciones previstas en los Títulos I, II y III de la misma se otorgarán previa convocatoria pública, aprobada por orden del titular del Departamento competente en la materia.

Por consiguiente, es necesario dictar esta orden con objeto de establecer el plazo de presentación de solicitudes e indicar las reglas que deben aplicarse para la presentación, tramitación y resolución de las mismas, iniciándose así la gestión del régimen de subvenciones destinadas a fomentar el mantenimiento, reparación y puesta a punto de equipamiento científico de los centros y organismos de investigación.

En virtud de todo lo expuesto, conforme con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, y el artículo 7.1 de la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio y de acuerdo con las competencias atribuidas al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad en el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto.

  1. Es objeto de esta orden convocar, para el ejercicio 2017, las subvenciones para la reparación, mantenimiento y puesta a punto de equipamiento científico de los centros y organismos de investigación que desarrollan su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 146, de 29 de julio de 2016.

  2. Las subvenciones se regirán por esta convocatoria y por lo previsto en la citada orden, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en el resto de la normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  3. Estas subvenciones están cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020, por lo que la concesión de las mismas se condiciona al cumplimiento de los requisitos que puedan establecer la Comisión Europea y otras instituciones europeas. Serán de aplicación en su tramitación los Reglamentos comunitarios reguladores de dicho Fondo, en concreto el Reglamento 1301/2013, de 17 de diciembre de 2013 ("Diario Oficial de la Unión Europea"- L- 347/289, de 20 de diciembre de 2013), sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento 1080/2006 y el Reglamento 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013 ("Diario Oficial de la Unión Europea"- L-347/320, de 20 de diciembre de 2013) por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y por el que se deroga el Reglamento 1083/2006 del Consejo.

    Segundo.- Actuaciones subvencionables.

  4. Se considerarán actuaciones subvencionables aquellas que consistan en:

    1. La reparación, mantenimiento y puesta a punto de equipamiento científico de los centros y organismos de investigación que realicen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón, que tengan una antigüedad máxima de cinco años a fecha 31 de diciembre de 2016 y cuyos pagos se realicen desde el 1 de enero de 2017 hasta el 14 de noviembre de 2017.

    2. La puesta a punto del...

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