ORDEN HAP/1348/2018, de 27 de julio, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Agrónomos.

SecciónII. Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Concluidas las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Agrónomos, convocadas por Resolución de 23 de noviembre de 2016, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, y en el artículo 3.3.k) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, de competencias en materia de personal y en el Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, este Departamento dispone:

Primero.- Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Agrónomos, a los aspirantes aprobados que se relacionan en el anexo, con expresión del primer destino adjudicado, con carácter de destino provisional.

Segundo.- Para adquirir la condición de funcionarios de carrera, los interesados deberán acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Aragón, según la fórmula aprobada por Orden de 19 de noviembre de 1986, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se dictan normas en relación con los nombramientos de funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 120, de 1 de diciembre de 1986.

Asimismo, deberán realizar la declaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes o, en su caso, la opción o la solicitud de compatibilidad contempladas en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

La toma de posesión en el puesto de trabajo adjudicado habrá de efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", a cuyo...

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