ORDEN EIE/995/2018, de 31 de mayo, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, modificada por Orden EIE/210/2018, de 5 de febrero.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, establece el procedimiento para la concesión de dichas subvenciones, modificada por Orden EIE/210/2018, de 5 de febrero, que tienen como finalidad fomentar la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad en situación de desempleo, favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad mediante incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos y contribuir a la adaptación de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

La citada orden dispone en su artículo 13 que el procedimiento para la concesión de las subvenciones contempladas en la misma se iniciará siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por el Consejero del Gobierno de Aragón competente en materia de empleo, que será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

El artículo 2 de la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, determina que el Instituto Aragonés de Empleo, con sujeción a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio económico, podrá conceder las subvenciones reguladas en dicha orden, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos para ello y, a tal fin, se destinarán créditos presupuestarios dentro del Programa 3221 - Fomento del Empleo - del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo. Dispone igualmente dicho artículo 2 que la financiación de las subvenciones se efectuará con cargo a aquellas aplicaciones presupuestarias que se determinen en las correspondientes órdenes de convocatoria.

La Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 48, de 8 de marzo de 2018, incluye en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo dotación económica suficiente y adecuada para financiar el programa de contratación laboral de trabajadores con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, en las aplicaciones presupuestarias G/3221/470093/11201 y G/3221/470093/91001, que cuentan con la cofinanciación del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón FSE 2014-2020, y en la G/3221/470093/33005 que se nutre exclusivamente de fondos procedentes del Estado a través de la distribución territorial de fondos para la ejecución de políticas activas de empleo por parte de las Comunidades Autónomas.

Así mismo dichas subvenciones podrán contar con una cofinanciación del 50 por ciento, procedente del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón para el período de 2014-2020, aprobado por decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015. Dicho Programa incluye dentro del Eje Prioritario 1, dirigido a promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y a favorecer la movilidad laboral, el objetivo específico 8.1.5 de mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas o inactivas, especialmente, de aquellas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral. A través de la presente convocatoria se estimula la creación de empleo en las empresas para, entre otros, el colectivo de las personas con discapacidad, conforme establece el Reglamento (UE) n.º 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, tal y como figura en las bases reguladoras.

Las subvenciones contempladas en la presente orden tienen el carácter de ayudas de minimis y están sujetas al Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis ("Diario Oficial de la Unión Europea" L352/1, de 24 de diciembre de 2013).

De acuerdo con lo dispuesto en apartado 1 del artículo 12 de la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, la concesión de las subvenciones previstas en la misma se tramitará mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva en los términos dispuestos en el Capítulo III de dicha orden y conforme a lo previsto en el artículo 14.3.a) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Esta línea de ayudas de apoyo a la contratación laboral de personas con discapacidad en el ámbito del empleo ordinario está contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo 2016-2019, aprobado por Orden de 17 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo. Dicho plan contempla, dentro del área de promoción de empleo, facilitar las posibilidades de acceso de las personas con discapacidad en situación de desempleo al mercado de trabajo ordinario.

De acuerdo con lo anterior y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo y en el ejercicio de la competencia otorgada en el artículo 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en el artículo 13 de la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, resuelvo,

Primero.- Objeto de la convocatoria y finalidad de la concesión de las subvenciones.

  1. Es objeto de la presente orden convocar, para el ejercicio 2018, las subvenciones reguladas en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, modificada por Orden EIE/210/2018, de 5 de febrero.

  2. La finalidad de estas subvenciones es incentivar la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    Segundo.- Bases reguladoras de las subvenciones.

    Las bases para la concesión de estas subvenciones son las que se establecen en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, ("Boletin Oficial de Aragón", número 184, de 22 de septiembre de 2016).

    A la presente convocatoria de subvenciones le resulta de aplicación lo dispuesto en:

    - El Reglamento (UE) n.º 1303/2013, del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social...

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