ORDEN EIE/1852/2017, de 14 de noviembre, por la que se convocan para el año 2017 las subvenciones a entidades locales para la atención de personas desempleadas pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo, reguladas en la Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en los Programas para el desarrollo de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y el Autoempleo y los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción, regula en la Sección 2.ª del Capítulo II el procedimiento para la concesión de subvenciones de los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción.

La citada orden dispone en su artículo 15 que el procedimiento para la concesión de subvenciones contempladas en la misma se iniciará siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por el Consejero del Gobierno de Aragón competente en materia de empleo, y en régimen de concurrencia competitiva, siendo publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

El artículo 3 de la Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, determina que la financiación de estos Programas se efectuará con cargo a las cantidades que anualmente la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales asigne a la Comunidad Autónoma de Aragón, complementadas con aquellas otras que estime convenientes el Gobierno de Aragón a través de los presupuestos anuales del Instituto Aragonés de Empleo, la financiación proveniente del Fondo Social Europeo o de otros instrumentos de financiación comunitarios, estando su concesión condicionada, en todo caso, a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

La Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, incluye en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para dicho ejercicio dotación económica suficiente y adecuada para financiar los citados programas en la aplicación presupuestaria siguiente: G/3221/460044/33005.

Actualmente, se pone de manifiesto la existencia de varios retos para el futuro del empleo rural, como el envejecimiento de la población activa, y el fomento del empleo como medida para el crecimiento y la sostenibilidad.

Las zonas rurales presentan una falta de cualificaciones y de oportunidades entre la población que provoca una migración hacia zonas urbanas o hacia zonas rurales más accesibles, generando además un problema para el relevo generacional necesario para el impulso de las zonas rurales.

Si unimos todos los retos pendientes en el entorno rural, los niveles inferiores de renta, las tasas de desempleo, la situación demográfica desfavorable, la escasez de cualificaciones y de capital humano, y de oportunidades de empleo, es imprescindible que los programas de políticas activas de empleo sean una medida estratégica a emplear para el desarrollo rural, la prevención contra la despoblación y como una herramienta útil para la inserción laboral. La asociación entre políticas activas de empleo y desarrollo rural debe maximizarse para optimizar la creación de empleo.

La evolución del mercado de trabajo en los últimos años produce todavía situaciones de pérdida de puestos de trabajo, con expulsión del mismo de los colectivos más sensibles, a la vez que aumenta la dificultad de su acceso al empleo, el desempleo y las tasas de temporalidad en la contratación, acentuándose los desequilibrios territoriales.

Con el objeto de dar cabida a otros colectivos que se enfrentan a dificultades adicionales en su búsqueda de empleo, este programa incluye la atención a personas en exclusión social o en riesgo de sufrirla, por considerar esenciales las oportunidades laborales como palanca para poder salir de esa situación y mejorar su entorno personal, social y económico, así como a las personas inmigrantes, con especial atención a los refugiados o solicitantes de protección internacional, ofreciéndoles este programa una atención personalizada que potencie sus habilidades e identifique un itinerario laboral que les permita superar barreras como el idioma o la adaptación cultural, social y formativa. Otro de los colectivos con el que se pretende trabajar en este programa es el de Parados de Larga Duración por las dificultades que esta condición conlleva para su inserción laboral, centrándonos especialmente en el colectivo de mujeres dado que representan un mayor porcentaje dentro del grupo de Parados de Larga Duración.

A través de programas de políticas activas de empleo se puede conseguir mejorar la empleabilidad y la inserción en las zonas rurales, aprovechando las oportunidades de empleo que se pueden generar si se saben aprovechar los recursos susceptibles de ser explotados económicamente que permitan dinamizar el territorio y aumentar la diversificación de la economía rural.

En el diseño y ejecución de las políticas activas de empleo deben tenerse en cuenta una serie de principios generales, entre los que cabe destacar el tratamiento individualizado y especializado a las personas en situación de desempleo para mejorar su empleabilidad; la igualdad de oportunidades y no discriminación en el acceso al empleo, así como la igualdad de trato entre mujeres y hombres para garantizar en la práctica la plena igualdad por razón de sexo; la adecuación a las características del territorio, teniendo en cuenta la realidad del mercado de trabajo y las peculiaridades locales y sectoriales; la respuesta a las necesidades de las empresas en materia de capital humano; y el fomento del autoempleo y la iniciativa emprendedora, especialmente en el marco de la economía sostenible y de los nuevos yacimientos de empleo.

Para llevar a cabo este programa de mejora de la empleabilidad e inserción de colectivos con dificultad de inserción en zonas rurales se va a contar con la colaboración de las entidades locales que tengan experiencia en la realización de acciones de orientación dirigidas a la mejora de la empleabilidad con estos colectivos y que dispongan de la infraestructura y los recursos técnicos, materiales y humanos necesarios para su realización en su ámbito geográfico de actuación. Y esto es así por razones de eficacia y eficiencia ya que desde lo local la aplicación de estos programas con sus objetivos y actuaciones previstas presentan una mayor coherencia con los propios problemas o desigualdades laborales de un territorio en concreto; el conocimiento del propio territorio es mayor a nivel local, la realidad es más conocida, permite identificar a las personas con más dificultades de acceso al empleo, y la dirección de las iniciativas a tomar se encuentran en relación más estrecha con las cuestiones a mejorar o solventar. De esta forma se actúa directamente sobre los problemas más graves y estructurales del mercado de trabajo de una zona en concreto.

Desde el Instituto Aragonés de Empleo se considera importante aprovechar el clima de recuperación económica como oportunidad para impulsar la contratación de los colectivos con especiales dificultades para su inserción potenciando sus candidaturas, dotándoles de herramientas que mejoren su empleabilidad, y apoyándoles en esa búsqueda activa de empleo.

De ahí que el Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Empleo, redoble sus esfuerzos en esta dirección, lanzando una segunda convocatoria de Programa Integral para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción, complementario y compatible con el anterior, volcado en este caso en colectivos en exclusión social, inmigrantes y otros grupos de personas que por sus características personales requieren de este especial apoyo.

Otra particularidad de esta nueva convocatoria es la elección de las Entidades Locales como colaboradoras en el proyecto, valorando positivamente el conocimiento de su propio territorio para poder realizar un análisis del mercado laboral cercano y realista, detectar oportunidades de contratación, y generar compromisos y sinergias con otros actores de la zona, sean empresas, entidades, asociaciones, organismos...

La colaboración con las Entidades Locales permite además vertebrar el territorio y acercar estos servicios a zonas en las que de otra manera sería dificultoso conseguir desarrollar el tipo de actuaciones intensivas e integrales que persigue este programa.

Una última potencialidad a la hora de destacar la conveniente elección de las Entidades Locales como colaboradoras en este programa se refiere a que éstas ya intervienen y se relacionan de una u otra manera con los colectivos con los que se pretende trabajar en esta convocatoria, sean de exclusión social o inmigrantes con especiales dificultades en el acceso al empleo, a través de otras unidades como trabajadores sociales, lo que les permite realizar también un adecuado análisis de la situación de las personas que pueden acceder a esta batería de actuaciones integrales para el empleo, seleccionando y aportando aquellos candidatos que están en disposición de aprovechar lo máximo posible los servicios de este programa.

El texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, prevé en el artículo 4 la dimensión local de la política de empleo cuando señala que "la política de empleo, en su diseño y modelo de gestión, deberá tener en cuenta su dimensión local para ajustarla a las necesidades del territorio, de manera que favorezca y apoye las iniciativas de generación de empleo en el ámbito local". Y añade dicho artículo a continuación que "los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, en ejecución de los servicios y programas de políticas activas de empleo, podrán establecer los mecanismos de colaboración oportunos con las entidades locales. Las entidades locales podrán participar en el proceso de concertación territorial de las políticas activas de empleo, mediante su representación y participación en los órganos de participación institucional de ámbito autonómico".

El texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, prevé en el artículo 13 que "los Servicios Públicos de Empleo son los responsables de asumir, en los términos establecidos en esta ley, la ejecución de las políticas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR