ORDEN EIE/1581/2016, 25 de octubre, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1209/2016, de 9 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunidad Autónoma de Aragón y para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas de cooperativas de trabajo asociado, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de centros especiales de empleo.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Orden EIE/1209/2016, de 9 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunidad Autónoma de Aragón y para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas de cooperativas de trabajo asociado, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de centros especiales de empleo ("Boletín Oficial de Aragón", número 188, de 28 de septiembre de 2016), constituye el régimen jurídico aplicable de subvenciones a conceder con una doble finalidad, por un lado, financiar parcialmente los gastos derivados de la realización de actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunidad Autónoma de Aragón vinculadas al emprendimiento y a la creación de empleo y, por otro, subvencionar parcialmente los gastos generales y de funcionamiento de las entidades asociativas que sean necesarios para la consecución de los fines que les son propios en defensa y representación de las empresas de economía social.

La citada orden dispone en su artículo 8 que el procedimiento para la concesión de las subvenciones contempladas en la misma se iniciará siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por el Consejero del Gobierno de Aragón competente en materia de empleo, que será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

El artículo 2 de la Orden EIE/1209/2016, de 9 de septiembre, determina que el Instituto Aragonés de Empleo, con sujeción a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio económico, podrá conceder las subvenciones reguladas en dicha orden, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos para ello y, a tal fin, se destinarán créditos presupuestarios dentro del Programa 322.1 - Fomento del Empleo - del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo. Dispone igualmente dicho artículo 2 que la financiación de las subvenciones se efectuará con cargo a aquellas aplicaciones presupuestarias que se determinen en las correspondientes órdenes de convocatoria.

La Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016, incluye en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para dicho ejercicio dotación económica suficiente y adecuada para financiar el programa de promoción, fomento y difusión de la economía social, en la aplicación presupuestaria G/3221/480147/91002.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden EIE/1209/2016, de 9 de septiembre, la concesión de las subvenciones previstas en la misma se tramitarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva en los términos dispuestos en su capítulo III y conforme a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

La presente convocatoria queda incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo, aprobado por Orden de 17 de noviembre de 2015, para el período 2016-2019 y modificado por Orden de 23 de septiembre de 2016. Dicho plan contempla, dentro del Área de promoción del empleo, el fomento y difusión de la economía social, y más concretamente, el fomento de las actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social que se lleven a cabo por las entidades asociativas o representativas de las cooperativas de trabajo asociado, sociedades laborales, empresas de inserción y centro especiales de empleo, así como financiar parcialmente los gastos de funcionamiento de dichas entidades.

La entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, obliga a adaptar el procedimiento de instrucción, resolución y recursos a la nueva norma.

De acuerdo con lo anterior y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y en el ejercicio de la competencia otorgada en el artículo 16 de la Ley 5/2015, de Subvenciones de Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto de la convocatoria y finalidad de la concesión de las subvenciones.

  1. Es objeto de la presente orden convocar, para el ejercicio 2016, las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1209/2016, de 9 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunidad Autónoma de Aragón y para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas de cooperativas de trabajo asociado, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de centros especiales de empleo.

  2. Este programa de subvenciones tiene una doble finalidad: por un lado, financiar parcialmente los gastos derivados de la realización de actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunidad Autónoma de Aragón vinculadas al emprendimiento y a la creación de empleo y, por otro, subvencionar parcialmente los gastos generales y de funcionamiento de las entidades asociativas que sean necesarios para la consecución de los fines que les son propios en defensa y representación de las empresas de economía social.

    Segundo.- Bases reguladoras de las subvenciones.

    Las bases para la concesión de estas subvenciones son las que se articulan en la Orden EIE/1209/2016, de 9 de septiembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 188, de 28 de septiembre de 2016), con la adaptación del procedimiento de instrucción, resolución y recursos a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Tercero.- Beneficiarios y actuaciones subvencionables.

  3. De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras aprobadas por la Orden EIE/1209/2016, podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las siguientes entidades:

    1. Las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas de trabajo asociado de ámbito autonómico constituidas de conformidad con lo previsto en el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón.

    2. Las entidades asociativas de ámbito autonómico de sociedades laborales a las que se refiere la disposición adicional segunda de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas.

    3. Las asociaciones empresariales de empresas de inserción que representen al menos al 50% de las calificadas e inscritas en el Registro de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Aragón regulado por Decreto 128/2009, de 21 de julio, del Gobierno de Aragón.

    4. Las asociaciones empresariales de centros especiales de empleo que representen al menos al 50% de los calificados e inscritos en el Registro de centros especiales de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón regulado por Decreto 212/2010, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón.

  4. Podrán ser objeto de subvención...

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