ORDEN ECD/896/2017, de 22 de junio, por la que se convoca el Programa 'Leer Juntos' en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2017/2018.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 21, establece que los poderes públicos aragoneses desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad del alumnado, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón.

Igualmente, recoge en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en el artículo 1 que el sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira entre otros, en los siguientes principios: la concepción de la educación como un aprendizaje permanente, desarrollado a lo largo de toda la vida; flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad; la orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores; el esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad; y el reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.

Asimismo, recoge entre sus fines, en el artículo 2.1, que el sistema educativo español se orientará a la consecución del pleno desarrollo las capacidades y personalidad de los alumnos; la educación en la responsabilidad individual, en el mérito y en el esfuerzo personal, y el desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1.2 que corresponde a este Departamento, entre otras, la realización de programas de experimentación e investigación educativa en el ámbito de sus competencias. Asimismo, la promoción del libro y la lectura que se realizará a través de bibliotecas públicas y escolares.

Igualmente, su artículo 8.1 señala que le corresponde, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, la definición de planes, programas y proyectos para atender a la equidad en educación y las necesidades educativas derivadas de las desigualdades personales, sociales, culturales o territoriales; el impulso de las acciones formativas dirigidas a las familias; la potenciación de las bibliotecas escolares, la promoción de la lectura y la comunicación verbal y escrita en los centros docentes.

El Programa "Leer Juntos" se constituye como una oportunidad para que familias y profesorado entren en comunicación, abriéndose a otros ámbitos del entorno, entre los que destacan las bibliotecas públicas.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con la finalidad de contribuir al desarrollo de la competencia comunicativa, hacer efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las familias en el proceso educativo del alumnado, y facilitar el aprendizaje permanente de la comunidad escolar, impulsa y apoya los grupos derivados del Programa "Leer Juntos", que se constituyan en centros docentes públicos y concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En virtud de lo expresado, de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y a propuesta de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

  1. Esta orden tiene por objeto la convocatoria del Programa "Leer Juntos", durante el curso 2017-2018 dirigida a centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, que impartan alguno de las siguientes niveles educativos: educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional o educación de personas adultas.

  2. Los centros que resulten seleccionados en la presente convocatoria deberán constituir al menos un grupo de "Leer Juntos" con el fin de incorporarse al Programa.

  3. Es requisito indispensable la presencia de un profesor del centro que coordine el Programa en el mismo centro docente.

  4. La financiación de este programa, hasta un importe de seis mil euros (6.000 €), se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 18050/G/4231/229000/91002 del presupuesto de 2017 del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Esta cuantía se librará íntegramente al CAREI (Centro Aragonés de Recursos para la Educación Inclusiva).

    Segundo.- Finalidad de la convocatoria.

    Esta convocatoria pretende favorecer la formación en competencia lectora y literaria...

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