ORDEN ECD/697/2019, de 3 junio, por la que se aprueban las Bases Generales por las que se regirán los XXXVII Juegos Deportivos en Edad Escolar.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece en su artículo 71. 52.ª que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de deporte, en especial su promoción y la regulación de la formación deportiva.

La Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón, cuyo artículo 15 se refiere al Plan de la Actividad física y el deporte en edad escolar de Aragón, dispone que la Dirección General competente en materia de deporte organizará anualmente los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, en cuyo desarrollo colaborarán las entidades locales y las federaciones deportivas aragonesas, con base en criterios pedagógicos adecuados a cada edad, primando el carácter participativo y educativo de las mismas sobre criterios meramente competitivos.

Por su parte, el artículo 26 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 23 de diciembre de 2015), atribuye al Servicio de Actividad Deportiva y Competición, bajo la dirección inmediata del Director General de Deporte, las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma en materia de promoción del deporte a través de sus propios medios y en colaboración con las Federaciones y Clubes Deportivos, asumiendo, entre otras, la organización de Juegos Deportivos en Edad Escolar.

Además, el mencionado Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, en los subapartados aa) y ab) de su artículo 1.2, atribuye al Departamento de Educación, Cultura y Deporte la colaboración en la enseñanza y práctica de la actividad físico-deportiva escolar, juvenil, y universitaria, con especial incidencia en la difusión de las modalidades del deporte tradicional aragonés, y la promoción de las actividades físico-deportivas en todas las edades de la población: infantil, juvenil, adulta y tercera edad, atendiendo, en todo caso, a las personas con cualquier tipo de discapacidad, así como de la formación técnica y la ayuda médica a los deportistas.

El texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, establece, en su artículo 9.1.10.ª, el deporte como competencia propia de la Comarca. El artículo 21 delimita el contenido de la competencia en materia de deporte, estableciendo que corresponde a las Comarcas, con carácter general, "la promoción y fomento de la actividad deportiva...", y "la ejecución de programas de fomento de la enseñanza y práctica de la actividad físico-deportiva escolar..." y, con carácter particular, "la organización y colaboración en la organización de competiciones deportivas de ámbito comarcal, en especial las fases comarcales de los Juegos Escolares de Aragón (ahora Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón), todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a las federaciones deportivas aragonesas y a las entidades locales".

La Orden de 29 de diciembre de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para el período 2016-2019 regula, en la Ficha 3.4.1.2.2, las ayudas a federaciones deportivas para actividades de deporte escolar, para el desarrollo de los Juegos Deportivos en Edad Escolar convocados por el Departamento competente en materia de Deporte del Gobierno de Aragón.

De conformidad con lo anterior, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas como Consejera de Educación, Cultura y Deporte, acuerdo:

Primero.- Aprobar las Bases Generales por las que se regirán los XXXVII Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, correspondientes al curso/temporada 2019-2020, entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de agosto de 2020, financiados, en la parte correspondiente, con cargo a los presupuestos del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, programa 457.1 de Fomento y Apoyo a la Actividad Deportiva, a desarrollar con el apoyo técnico de las Federaciones Deportivas Aragonesas.

Segundo.- La Dirección General de Deporte coordinará las actuaciones necesarias con las distintas Federaciones Deportivas Aragonesas, Clubes y Entidades, Ayuntamientos y Comarcas para un adecuado desarrollo de la actividad.

Tercero.- Facultar al Director General de Deporte para determinar, oídas las Federaciones correspondientes, la representación de la Comunidad Autónoma de Aragón en las competiciones que puedan ser convocadas por el Consejo Superior de Deportes, como continuación de las actividades que se regulan por esta Orden, así como proponer los apoyos económicos a los agentes colaboradores y participantes en estas competiciones.

Cuarto.- Facultar al Director General de Deporte para dictar las instrucciones, circulares y cuantos actos administrativos procedan para garantizar la ejecución de la presente Orden.

Disposición Final La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de junio de 2019.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

BASES GENERALES

Primera.- Participantes.

Centros de enseñanza, clubes deportivos, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.

Segunda.- Deportes convocados.

  1. Especialidad de equipo.

    Baloncesto, Balonmano, Béisbol y Sófbol, Datchball, Fútbol, Fútbol 8, Fútbol Sala, Hockey Hierba, Hockey Sala, Rugby, Voleibol, Waterpolo.

    Las competiciones de Fútbol y Fútbol 8 se realizarán según programas de las correspondientes Federaciones con apoyo económico del Gobierno de Aragón. Las normas recogidas en estas Bases Generales serán de aplicación también a estas especialidades.

  2. Especialidad individual.

    Ajedrez, Atletismo, Bádminton, Ciclismo, Deportes Tradicionales, Escalada Deportiva, Esgrima, Gimnasia Artística, Gimnasia Rítmica, Golf, Hípica, Judo, Karate, Kickboxing, Lucha, Natación, Natación Artística, Orientación, Pádel, Patinaje, Pelota, Salvamento y Socorrismo, Taekwondo, Tenis, Tenis de Mesa, Trampolín, Triatlón, Vóley Playa.

  3. Deporte para personas con discapacidad.

    Será desarrollado mediante normativa específica, distinguiéndose entre:

    Deporte Especial, para personas con discapacidad intelectual.

    Deporte Adaptado, para personas con discapacidad física y/o sensorial.

  4. Otros deportes.

    Podrán incluirse otros deportes a solicitud de las Federaciones Deportivas Aragonesas o en caso de así considerarse oportuno por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte. En caso de autorizarse, se les dará la difusión necesaria, tanto de la convocatoria como de las normas.

    Tercera.- Categorías convocadas y edades.

  5. Las diferentes categorías corresponden a las siguientes edades:

    Cadete: Nacidos/as en 2004 y 2005; 4.º y 3.º de E.S.O.

    Infantil: Nacidos/as en 2006 y 2007; 2.º y 1.º de E.S.O.

    Alevín: Nacidos/as en 2008 y 2009; 6.º y 5.º de Primaria.

    Benjamín: Nacidos/as en 2010 y 2011; 4.º y 3.º de Primaria.

    Iniciación: Nacidos/as en 2012 y 2013; 2.º y 1.º de Primaria.

    Preiniciación: Nacidos/as en 2013; 1.º de Primaria.

  6. Modificación de categorías.

    Excepcionalmente, previa aprobación de la Dirección General de Deporte, y a propuesta de la Federación correspondiente, podrán modificarse las edades en las categorías propuestas en algún deporte con el fin de adecuarlas a las competiciones convocadas por el Consejo Superior de Deportes.

  7. Categorías adaptadas.

    Podrá proponerse por parte de la Federación correspondiente dividir una categoría cuando el número de equipos previstos para inscribirse en la misma así lo aconseje, para facilitar una competición lo más equilibrada posible.

    En tal caso, la subcategoría llevará delante del nombre de la categoría el prefijo PRE, y estará integrada por los deportistas de primer año de la categoría de referencia (Ejemplo: Preinfantil para los nacidos en 2007)

  8. Inscripciones en categoría superior.

    Salvo en la categoría de iniciación y preiniciación, en la que no podrán incorporarse nacidos con posterioridad a 2013, podrá autorizarse la inscripción de deportistas de segundo año en la categoría inmediata superior, siempre que dicha posibilidad esté prevista en las correspondientes Normas Específicas, sea solicitada por la Federación y aceptada por la Dirección General de Deporte.

    Excepcionalmente, en especialidades de equipo y con el objetivo de favorecer la participación de deportistas sin equipo de su categoría en entorno más cercano, o atendiendo a criterios de inclusión social, podrá autorizarse, previa presentación de solicitud motivada a la Dirección General de Deporte, la inscripción de deportistas de primer año en la categoría inmediata superior.

    La tramitación de la Licencia Deportiva Escolar por la entidad participante implicará la autorización del padre, madre o tutor, y facultará la participación del deportista en la categoría inmediata superior en aquellos deportes que se establezcan.

  9. Inscripción en categoría inferior.

    Especialmente en niveles "B" y "C", y con carácter excepcional, podrá autorizarse la inscripción de los siguientes deportistas en la categoría inmediatamente inferior a la que les corresponda:

    Deportistas con discapacidad demostrada, escolarización tardía o, en el caso de repetidores de curso, cuando las circunstancias personales y académicas así lo aconsejen, para facilitar su integración, siempre que la diferencia de edad no suponga ventaja con respecto a la categoría solicitada.

    Cuando, en su entorno más cercano, no haya equipo de su categoría en el que puedan inscribirse, en especialidades de equipo, con el objetivo de facilitar su participación. En este caso, la tramitación de la Licencia Deportiva Escolar por la entidad participante implicará que el equipo no podrá participar en la fase...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR