ORDEN ECD/1868/2018, de 6 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro para el año 2018 en materia de política lingüística.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden ECD/966/2018, de 25 de mayo, fueron convocadas subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro para el año 2018, en materia de política lingüística. ("Boletín Oficial de Aragón", número 113, de 13 de junio de 2018), con una dotación de 40.500 €.

Dichas subvenciones se convocaron en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, punto 2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, para la realización de actividades dirigidas al fomento de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón (aragonés y catalán de Aragón), con sujeción a las bases reguladoras aprobadas por Orden ECD/622/2016, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Política Lingüística, modificada mediante la Orden ECD 1622/2016, de 14 de noviembre.

Podrán ser objeto de subvención las actividades organizadas por asociaciones y fundaciones, y se ajusten a alguna de las siguientes tipologías:

  1. Participación en proyectos institucionales de protección, recuperación, enseñanza, promoción y difusión del patrimonio lingüístico de Aragón.

  2. Conciertos y festivales o muestras de cine, música o artes escénicas.

  3. Jornadas, Congresos y Conferencias.

  4. Investigación sobre el patrimonio lingüístico.

  5. Otras actividades multidisciplinares relacionadas con la promoción y sensibilización social del patrimonio lingüístico de Aragón.

De conformidad con la citada orden de convocatoria y de acuerdo con el informe emitido por la comisión prevista en el apartado décimo de la referida orden, que se ha reunido para valorar las solicitudes presentadas, el Director General de Política Lingüística ha elevado la correspondiente propuesta definitiva de concesión de ayudas de acuerdo con lo estipulado en el apartado undécimo de la referida Orden, con fecha de 5 de septiembre de 2018. En virtud de lo expuesto, dispongo:

Primero.- Conceder las subvenciones relacionadas en el anexo de la presente orden por un importe total de 40.500 € de acuerdo con la valoración obtenida por cada una de las solicitudes presentadas en régimen de concurrencia competitiva una vez aplicados los criterios establecidos en el apartado séptimo de la orden de convocatoria. Con el fin de asignar una cuantía a los puntos obtenidos, se ha tomado como referencia la cuantía máxima de 5.000 euros, la cual se alcanzaría con 100 puntos. De este modo, cada punto obtenido equivale a 50 euros.

A...

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