ORDEN ECD/1866/2017, de 15 de noviembre, por la que se convoca el programa 'Abierto por Vacaciones' para el curso 2017-2018.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece en su artículo 20 a) que corresponde a los poderes públicos aragoneses, sin perjuicio de la acción estatal y dentro del ámbito de sus respectivas competencias, promover las condiciones adecuadas para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud, y facilitar la participación de todos los aragoneses en la vida política, económica, cultural y social.

Igualmente, su artículo 73 recoge que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; el establecimiento de criterios de admisión a los centros sostenidos con fondos públicos para asegurar una red educativa equilibrada y de carácter compensatorio; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de la calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en su artículo 112.5 que las Administraciones educativas potenciarán que los centros públicos puedan ofrecer actividades y servicios complementarios a fin de favorecer que amplíen su oferta educativa para atender las nuevas demandas sociales, así como que puedan disponer de los medios adecuados, particularmente de aquellos centros que atiendan a una elevada población de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, recoge en su artículo 1 que corresponde a dicho Departamento la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza.

Es objetivo del Gobierno de Aragón conseguir un modelo educativo capaz de contribuir al desarrollo y armonización de nuestra Comunidad basado en la equidad, la calidad y la corresponsabilidad. Para ello, la autonomía de los centros resulta un elemento esencial para responder de forma coherente a las necesidades y demandas propias de la sociedad en general, y de su comunidad escolar en particular. Es imprescindible promover e impulsar programas de organización de espacios y de tiempos adaptados a la realidad social del entorno con el objetivo de dar respuesta a las características concretas de éste, que se inspiren en los valores sociales, la responsabilidad compartida y el compromiso social, con una especial atención a la atención a la diversidad y a los principios de normalización, inclusión y compensación de desigualdades.

Por lo tanto, es voluntad del Gobierno de Aragón, conjuntamente con el resto de las administraciones públicas aragonesas, impulsar las iniciativas que favorezcan la participación educativa, ampliando la oferta de servicios al alumnado y a sus familias durante los periodos vacacionales, optimizando el uso de los espacios de los centros escolares y desarrollando programas, servicios y actividades que permitan poner las infraestructuras educativas al servicio de la comunidad y de la ciudadanía en el entorno en que éstas se desarrollan.

Visto lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, dispongo:

Primero.- Objeto.

  1. La presente orden tiene por objeto realizar la convocatoria del Programa "Abierto por Vacaciones" en los centros docentes públicos dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para el curso 2017-2018.

  2. El Programa "Abierto por Vacaciones" impulsará la realización en los centros educativos de actividades durante los periodos vacacionales de Navidad, Semana Santa y verano, facilitando la apertura y uso de sus instalaciones en función de las actividades presentadas en un Proyecto de Actuación.

  3. Este programa se desarrollará en los centros docentes durante los periodos vacacionales aprobados en el Calendario Escolar mediante la Resolución de 5 de junio de 2017, del Director General de Planificación y Formación Profesional, y el periodo vacacional de septiembre de 2018 correspondiente al curso 2018-2019.

    1. Navidad.

    2. Semana Santa.

    3. Verano: Desde la fecha de final del periodo lectivo hasta el 30 de junio, julio y desde el día 1 de septiembre hasta la fecha de inicio del periodo lectivo.

    Segundo.- Ámbito de aplicación y destinatarios.

  4. Podrán participar en el programa los Centros Públicos de Educación Especial y los centros públicos que impartan Educación Infantil y Primaria, dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

  5. Las actividades que formen parte del Proyecto de Actuación del programa "Abierto por Vacaciones" irán dirigidas al alumnado del centro docente y se desarrollarán en el centro educativo. Por acuerdo del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR