ORDEN ECD/1591/2020, de 30 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística en las lenguas propias de Aragón conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El artículo 3.3 de la Constitución Española dispone que la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Según el artículo 7 del Estatuto de Autonomía de Aragón, las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón constituyen una de las manifestaciones más destacadas del patrimonio histórico y cultural aragonés y un valor social de respeto, convivencia y entendimiento.

Según el artículo 4.1 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, el aragonés y el catalán (de Aragón), son las lenguas y modalidades lingüísticas propias a que se refiere el artículo 7 del Estatuto de Autonomía de Aragón de 2007.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 60.2 establece el fomento del estudio de las lenguas oficiales de los Estados miembros de la Unión Europea y las lenguas cooficiales en España, así como que se facilite el estudio de otras lenguas que por razones culturales, sociales o económicas presenten un interés especial. Este último es el caso de las lenguas propias de Aragón, el aragonés y el catalán.

La Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 26 determina que el departamento competente en materia de educación no universitaria fomentará la enseñanza de lenguas propias de Aragón a través de las Escuelas Oficiales de Idiomas.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, y por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece en su artículo 59.1, que las enseñanzas de idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, y se organizan niveles que se corresponden con los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas.

En nuestra Comunidad Autónoma, la Orden de 11 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, regula el reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística de las lenguas que se citan su anexo conforme al Marco Común Europeo de Referencia para...

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