ORDEN DRS/743/2018, de 20 de marzo, por la que se aprueba el gasto de las compensaciones a favor de los ayuntamientos en municipios incluidos en áreas de influencia socioeconómica de los espacios naturales protegidos de Aragón.
Sección | I. Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
El artículo 5 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de espacios naturales protegidos de Aragón establece que: "El Gobierno de Aragón establecerá un régimen económico de ayudas y medidas compensatorias a entidades locales, empresas y particulares integrados en las áreas de influencia socioeconómica y que se vean afectados por las limitaciones que del cumplimiento de esta ley se deriven, con el fin de promover su desarrollo sostenible".
El artículo 41 de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018 prevé un fondo de compensación a ayuntamientos en municipios incluidos en áreas de espacios naturales protegidos de Aragón y, en este sentido, dispone:
"1. En aplicación de lo establecido en el artículo 5 del texto refundido de la Ley de Espacios Naturales Protegidos de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, se establece un régimen económico de compensación a favor de los ayuntamientos de los municipios afectados por la declaración de espacios naturales protegidos de Aragón.
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Las citadas compensaciones tendrán lugar con cargo a la aplicación presupuestaria 14040 G/5332/460123/91002, y tendrán el carácter de transferencias incondicionadas.
El reparto y la cuantificación de dicho importe se realizarán entre los municipios en cuyo término se ubiquen Parques Nacionales, Parques Naturales, Reservas Naturales, Monumentos Naturales o Paisajes Protegidos, de modo objetivo y proporcional a las superficies incluidas en su norma de creación como ámbito territorial.
La superficie de cada municipio se ponderará, a estos efectos, con los siguientes coeficientes:
En todo caso, el importe máximo a percibir será de 150.000 euros y ningún municipio percibirá menos de 5.000 euros".
El artículo 35 de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, establece que: "Constituye el Fondo Local de Aragón el conjunto de transferencias destinadas a las entidades locales de Aragón que se incluyen en los presupuestos de la Comunidad Autónoma como apoyo al desarrollo y gestión de las distintas actividades de la competencia de aquellas. Dicho Fondo se compone de los programas específicos de transferencias a entidades locales, así como de la parte destinada a estas en programas sectoriales".
Los créditos que...
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