ORDEN DRS/517/2017, de 6 de abril, por la que se convocan las subvenciones en materia de cooperación para la creación de los grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para 2017.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Reglamento, (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014, de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, así como al resto de disposiciones del ordenamiento comunitario, han establecido el marco jurídico de las ayudas comunitarias a favor de un desarrollo rural sostenible previéndose, entre otras, la medida destinada a promover el conocimiento a través de acciones relativas a la cooperación de agentes del sector agrario. Esta medida se ha incluido en el Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 (en adelante, PDR Aragón), aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión de ejecución C (2015) 3531.

En nuestra Comunidad Autónoma la normativa aplicable en materia de subvenciones es la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón, aplicándose, en todo lo que no se oponga a la anterior, el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente.

Por Orden DRS/241/2017, de 27 de febrero ("Boletín Oficial de Aragón", número 49, de 13 de marzo de 2017), se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para la creación y funcionamiento de los grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

El marco normativo expuesto hace necesario que, en la Comunidad Autónoma de Aragón, se convoquen las subvenciones de apoyo a acciones de cooperación para la creación de los grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para 2017.

En esta orden se convocan subvenciones que corresponden a una medida incluida en el PDR Aragón, teniendo esta orden un contenido homogéneo y consolidado con el del señalado documento de programación ajustándose a los objetivos estratégicos en él definidos y fijándose las normas necesarias para la ejecución de la Medida 16. Cooperación, submedida 16.1. Apoyo para la creación y funcionamiento de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (en adelante, AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

Por lo indicado en el apartado anterior, las subvenciones objeto de esta convocatoria solo podrán concederse ajustándose a las prescripciones de éste, de modo que las modificaciones que se produzcan en aquél o en el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, obligarán a una modificación de esta convocatoria si las antedichas variaciones se aprueban antes de resolver las solicitudes, todo esto en los términos que establece el último apartado de esta orden.

Estas ayudas pueden otorgarse para la financiación de actividades no agrarias, sería el caso de la creación de grupos operativos cuyo ámbito de actuación se dirija al sector forestal o silvícola, así como las destinadas a PYMES de las zonas rurales que no sean agrícolas conforme al anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En este caso, al estar excluidas del ámbito de aplicación del articulo 42 de dicho Tratado, será de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

El Departamento, ha dictado hace ya tiempo los instrumentos jurídicos precisos para hacer posible la presentación telemática de solicitudes a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de modo que los interesados podrán optar por presentar en papel su solicitud en los lugares habituales de registro o hacerlo electrónicamente para lo que, en ambos casos, disponen del modelo de solicitud inscrito en el Catálogo de modelos normalizados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón accesible en la url: www.aragon.es/OficinaVirtualTramites.

Por otro lado, y con objeto de aligerar al máximo la documentación que han de presentar los interesados, se considera que la mera presentación de la solicitud de subvención implica el consentimiento del interesado para que sea la Administración la que compruebe el cumplimiento de los requisitos necesarios para la gestión del procedimiento en cuestión, y recabe la documentación exigida que o bien ya fue aportada ante cualquier otra Administración, o bien ha sido generada por cualquier Administración Pública, salvo que el interesado expresamente deniegue el consentimiento, lo cual tiene reflejo en la presente orden de convocatoria.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva ordinaria y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

En el marco de lo establecido en el antedicho Programa y en el Documento aprobado por el Comité de Seguimiento del mismo, que fija los criterios de selección de las operaciones incluidas en las medidas del programa, esta orden, conforme a lo previsto en el artículo 17 m) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo y en el artículo 34.1 del Decreto 136/2013, de 30 de julio, desarrolla y barema los criterios de prioridad que establece la Orden DRS/241/2017, de 27 de febrero, en su artículo 11.

Sin perjuicio de la aplicación directa de las bases reguladoras citadas, esta orden reproduce algunos aspectos de las mismas, con objeto de facilitar a los interesados un mejor conocimiento de las cuestiones fundamentales del régimen de la subvención.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, corresponde a este Departamento la competencia sobre el impulso a la innovación, cooperación, transferencia, formación y asesoramiento en el sector agroalimentario, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural.

En su virtud, resuelvo:

Primero.- Objeto y finalidad.

  1. Esta orden tiene por objeto convocar las subvenciones para el apoyo de acciones de cooperación para la creación de los Grupos Operativos de la Asociación Europea de Innovación (en adelante, AEI) para el año 2017, dentro de la Medida M16. Cooperación, Submedida 16.1. Apoyo para la creación y funcionamiento de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 (en adelante, PDR Aragón), en la Orden DRS/241/2017, de 27 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para la creación y funcionamiento de los grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 y en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

  2. La finalidad de la subvención que aquí se convoca es impulsar la creación de grupos operativos que contribuyan a avanzar hacia una agricultura sostenible resolviendo problemas y necesidades concretas de las explotaciones agrarias y forestales, y de las empresas agroalimentarias para mejorar su competitividad.

    Segundo.- Ámbito geográfico.

  3. Según lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden DRS/241/2017, de 27 de febrero, solo será elegible la creación de grupos operativos cuyo ámbito territorial de actuación sea la Comunidad Autónoma de Aragón, y cuya actividad esté destinada a resolver un problema existente en los sectores agroalimentario y/o forestal aragoneses.

  4. En particular, y por lo que respecta a los miembros del grupo operativo que sean centros tecnológicos, de investigación o universidades, se admitirá la participación de centros ubicados fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que se justifique la no existencia en Aragón de centros disponibles para el ámbito de actuación que se requiere.

    Tercero.- Ámbitos de actuación.

    De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Orden DRS/241/2017, de 27 de febrero:

  5. Como criterio general, las tareas desarrolladas por los miembros del grupo operativo deben estar siempre orientadas a la aplicación práctica del conocimiento, y en ningún caso se considerarán subvencionables los gastos de investigación.

  6. Los ámbitos de actuación de los grupos operativos, establecidos en el PDR Aragón, son: la productividad y sostenibilidad de explotaciones agrarias y forestales, la mejora del regadío y la mejora de la calidad alimentaria y el aumento del valor añadido.

  7. Se plantea el apoyo de las actuaciones y proyectos que lleven a cabo los grupos operativos dentro de los objetivos que a continuación se relacionan, para cada uno de los ámbitos definidos en el PDR Aragón e indicados en el anterior punto 2:

    1. La productividad y sostenibilidad de explotaciones agrarias y forestales:

      - Promover el uso eficiente de los recursos naturales y de los inputs contribuyendo a una agricultura sostenible y a una mejora de los resultados económicos.

      - Contribuir a un abastecimiento estable y sostenible de productos.

      Podrá incluir la búsqueda de soluciones tecnológicas encaminadas al análisis, control y mitigación de daños agrícolas producidos por especies cinegéticas, para asegurar dicho abastecimiento.

      - Mejorar los procesos encaminados a la protección del medio ambiente, a la mitigación del cambio climático y a la adaptación al mismo.

      - Conseguir una transferencia de tecnología y de conocimiento hacia el sector...

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