ORDEN DRS/406/2018, de 12 de febrero, por la que se reconoce la excepción en el cumplimiento de las normas de la condicionalidad en relación a la aplicación de purines y estiércoles sólidos que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola, para las campañas 2018/2019 y 2019/2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Con fecha 11 de noviembre de 2017, se publicó en el "Boletín Oficial del Estado", número 274, el Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

En el artículo cuarto de dicho real decreto se recoge la modificación del Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola, añadiendo dos nuevos párrafos al final de la BCAM (Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales) 6 del apartado 2 del anexo II del Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, con el siguiente contenido:

" La aplicación de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico ni cañones, pudiendo las comunidades autónomas establecer excepciones, atendiendo a las características específicas de las superficies afectadas, incluidas las condiciones orográficas y climáticas, u otros motivos, debiendo las mismas quedar debidamente justificadas.

Los estiércoles sólidos deberán enterrarse después de su aplicación en el menor plazo de tiempo posible. No obstante, se podrán exceptuar de esta obligación, si la comunidad autónoma así lo establece, los tipos de cultivo mediante siembra directa o mínimo laboreo, los pastos y cultivos permanentes, y cuando la aportación del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado".

Tal como recoge el Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, tras su modificación, los dos nuevos condicionados para el cumplimiento de la condicionalidad se incluyen en la BCAM 6 que hace referencia al mantenimiento del nivel de materia orgánica en el suelo mediante prácticas adecuadas, incluida la prohibición de quemar rastrojos, excepto por razones fitosanitarias.

El sector ganadero intensivo, fundamentalmente el porcino es estratégico para Aragón tanto en términos de empleo como de producción, por su aportación al PIB aragonés y el número de puestos de trabajo que genera, así como por la fijación de población en el medio rural. El importante desarrollo del sector conlleva una gran tecnificación en las explotaciones, tanto a nivel de infraestructuras como de alimentación y tratamientos...

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