ORDEN DRS/1823/2017, de 19 de septiembre, por la que se dispone la publicación de la Circular de las Direcciones Generales de Urbanismo del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda y de Alimentación y Fomento Agroalimentario del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, sobre los criterios de aplicación y coordinación en la tramitación de instrumentos de planeamiento urbanístico que originen el incumplimiento de las distancias mínimas a instalaciones ganaderas establecidas en el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El artículo 18 de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, aprobadas por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, determina que cuando por modificación aislada, desarrollo o ejecución del planeamiento urbanístico municipal, se incumplan de forma motivada las distancias exigibles en las mismas a las explotaciones ganaderas, éstas podrán continuar desarrollando su actividad, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa urbanística y de régimen local.

Con fecha 28 de febrero de 2011, el Consejero de Agricultura y Alimentación publicó la Circular de las Direcciones Generales de Urbanismo del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes y de Alimentación del Departamento de Agricultura y Alimentación sobre los criterios de aplicación y coordinación en la tramitación de instrumentos de planeamiento urbanístico que originen el incumplimiento de las distancias mínimas a instalaciones ganaderas establecidas en el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas. Debido a las modificaciones legislativas operadas en el ámbito urbanístico que culminaron con el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, procede actualizar los criterios comunes para la aplicación correcta del artículo 18.1 de las Directrices sectoriales.

Las direcciones generales con competencia en esta actuación han considerado necesario actualizar los criterios a aplicar en el indicado supuesto, por lo que han procedido a dictar una nueva circular, conforme a lo que determina el artículo 33.1 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de...

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