ORDEN CDS/955/2018, de 5 de junio, por la que se establece el precio del Servicio de Valoración, atención educativa, atención a la integración formativa, social y laboral de los menores migrantes no acompañados en situación de desprotección mediante acogimiento residencial.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Las Cortes Aragonesas han aprobado la Ley 11/2016, de 15 de diciembre, de acción concertada para la prestación de servicios sociales de carácter social y sanitario en esta Comunidad Autónoma, con el objetivo de otorgar mayor protagonismo en la organización de la prestación de estos servicios a las entidades del Tercer Sector sin ánimo de lucro, y se modifica el régimen de concertación de servicios establecido en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.

La acción concertada que regula la Ley 11/2016, de 15 de diciembre, siguiendo la doctrina establecida por Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencias como la de 28 de enero de 2016, admite la colaboración con entidades sin ánimo de lucro autorizada por la legislación de los Estados miembros como instrumento para la consecución de los objetivos de solidaridad y de eficiencia presupuestaria, siempre que estas entidades, "no obtengan ningún beneficio de sus prestaciones, independientemente del reembolso de los costes variables, fijos y permanentes necesarios para prestarlas, ni proporcionen ningún beneficio a sus miembros", limitando la retribución de dichas entidades al reintegro de costes y siempre en el marco del principio de eficiencia presupuestaria.

Tal y como establece el artículo 25.2 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, en su nueva redacción, podrán ser objeto de acción concertada: "La reserva y ocupación de plazas para su ocupación por los usuarios del sistema público de servicios sociales, cuyo acceso será autorizado por las administraciones públicas competentes conforme a los criterios establecidos conforme a esta Ley".

La Orden CDS/2042/2017, de 30 de noviembre, por la que se regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sociales en Aragón, dictada en desarrollo de la Ley 11/2016, de 15 de diciembre, se ocupa de la financiación de los costes de la acción concertada. En estos costes deberán tenerse en cuenta todos los gastos que debe soportar la entidad social que realiza la actividad concertada, entre los que se encuentran los costes variables, fijos y permanentes, siempre que no proporcionen beneficio para sus miembros. En la misma línea, el artículo 7 de la Orden CDS/2042/2017, de 30 de noviembre, que establece que deberán determinarse las tarifas máximas y mínimas o los módulos económicos aplicables a los acuerdos de concertación.

El Instituto...

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