ORDEN CDS/780/2016, de 18 de julio, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones en materia de consumo a las entidades que integran la Administración Local en Aragón, para la apertura y funcionamiento de las Oficinas de Información al Consumidor de titularidad pública.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón, en su artículo 28.1 establece que el Gobierno de Aragón o, en su caso, las comarcas una vez hubieren asumido competencia en materia de protección al consumidor, promoverán, fomentarán y, en su caso, habilitarán o apoyarán la creación de oficinas y servicios de información al consumidor.

Por su parte, el artículo 28.4 de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, establece que dependiendo de las comarcas se crearán las oficinas comarcales de información al consumidor. Toda comarca contará con al menos una oficina comarcal de información al consumidor.

Además, en su apartado seis dispone que la Administración de la Comunidad Autónoma o, en su caso, las comarcas una vez hubieren asumido estas competencias en materia de protección al consumidor, financiarán o subvencionarán las oficinas comarcales de información al consumidor.

No habiéndose promulgado los Decretos de transferencia de funciones y servicios en esta competencia compartida, el Gobierno de Aragón viene obligado a financiar o subvencionar las oficinas comarcales de información al consumidor, y, conforme a la Disposición transitoria primera de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, deberá asumir este coste asimismo en las Oficinas Municipales que legalmente deben prestar el servicio en comarcas no constituidas, no pudiendo financiar desde el 1 de marzo de 2009 aquellas Oficinas Municipales de Información al Consumidor que pudieran subsistir en comarcas constituidas.

El Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 128, de 6 de julio de 2015, modificó la organización de la Administración de la Comunidad de Aragón, asignando competencias a los distintos Departamentos. La Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios, queda adscrita al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

El Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales atribuye a la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios competencias, sobre la promoción de la educación, información, formación y defensa de los consumidores y usuarios, y sobre la coordinación de las oficinas municipales y comarcales y servicios de información al consumidor, entre otras.

La Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón, es el marco normativo en vigor por el que se rigen las ayudas en materia de consumo dirigidas a la Administración Local.

La presente orden, en virtud de la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, y en cumplimiento de las directrices de la política de consumo del Departamento, viene a hacer pública la convocatoria de ayudas a las entidades que integran la Administración Local de Aragón, para la apertura y funcionamiento de las Oficinas de Información al Consumidor de titularidad pública, en atención a la especificidad de la misma, conforme a lo establecido por el artículo 23 punto 2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 15 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Asimismo, la presente orden de convocatoria de subvenciones se ajusta a lo establecido en el Plan estratégico de subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, aprobado mediante Orden de 3 de febrero de 2016, y se recogen en la presente convocatoria las medidas establecidas por el Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

Teniendo en cuenta todo lo anterior y en base a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 17 de junio 2016), dispongo:

Artículo 1 Objeto de la convocatoria y financiación.
  1. Convocar la concesión de subvenciones a las entidades que integran la Administración Local en Aragón, para financiar:

    - Apertura y funcionamiento de las Oficinas de Información al Consumidor de titularidad pública dependientes de las Entidades Locales de Aragón.

  2. El periodo de ejecución de las actividades y gastos subvencionados por esta convocatoria comprende desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2016.

  3. La cuantía máxima estimada de las ayudas para el ejercicio 2016 ascenderá a 150.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 11030 G/4431/460016/91002 (Oficinas Entidades Locales de Información al Consumidor) del Presupuesto del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales para el ejercicio 2016.

  4. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Artículo 2 Beneficiarios.

Podrán solicitar estas subvenciones:

- Las comarcas con Oficinas Comarcales de Información al Consumidor en funcionamiento.

- Las comarcas en las que no se dispone de Oficinas Comarcales de Información al Consumidor para su apertura y funcionamiento.

- Las Entidades Locales con Oficinas Municipales o de Mancomunidad de Información al Consumidor, de comarcas no constituidas.

Artículo 3 Proyectos subvencionables.
  1. Los proyectos objeto de subvención deberán responder a las líneas estratégicas en materia de consumo del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales y estar en consonancia con los objetivos de la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios, por lo que habrán de tener como finalidad la protección y defensa de consumidores y usuarios, conforme al artículo 4.1.i) de la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, en las siguientes áreas:

    1.1. Área de información y defensa del consumidor y usuario:

    Proyectos para el funcionamiento y organización de la oficina, destinada a ejercer la información, asesoramiento y mediación, precisos para el adecuado ejercicio de los derechos de los consumidores y usuarios, así como la atención, tramitación y seguimiento de reclamaciones de consumidores y usuarios.

    1.2. Área de formación y educación:

    1. Proyectos de formación y perfeccionamiento profesional del personal encargado de la oficinas que realicen funciones de información y asesoramiento a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos, así como funciones de mediación y conciliación en materia de consumo.

    2. Organización de cursos, seminarios, jornadas, mesas redondas u otros eventos sobre temas relacionados con la protección y defensa de los consumidores y usuarios.

    3. Realización de proyectos y materiales didácticos de educación del consumidor.

    4. Proyectos de promoción y fomento del consumo responsable, social y solidario.

      1.3. Área de defensa del consumidor y control de mercado:

    5. Proyectos relativos a Estudios técnicos que contribuyan a la defensa, protección y promoción de los intereses generales de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR