ORDEN CDS/1934/2018, de 9 de noviembre, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y otras entidades sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de protección o defensa en materia de consumo.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón, establece que el Gobierno de Aragón fomentará las asociaciones para la defensa de los intereses de los consumidores y usuarios, como vehículo idóneo para su protección y les prestará su apoyo, preferentemente para proyectos en materia de consumo, destinados a facilitar información y asesoramiento para el adecuado ejercicio de los derechos reconocidos en esta Ley.

Es, por tanto, objetivo prioritario del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, establecer mecanismos de actuación para potenciar la participación, protección y defensa de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 128, de 6 de julio de 2015, modificó la organización de la Administración de la Comunidad de Aragón, asignando competencias a los distintos Departamentos. La Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios, queda adscrita al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

El Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales atribuye a la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios competencias, sobre la promoción de la educación, información, formación y defensa de los consumidores y usuarios, y fomento del asociacionismo en materia de consumo, entre otras.

La Orden CDS/154/2016, de 29 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo, es el marco normativo en vigor por el que se rigen las ayudas en materia de consumo.

La presente orden, en virtud de la Orden CDS/154/2016, de 29 de febrero, y en cumplimiento de las directrices de la política de consumo del Departamento, viene a hacer pública la convocatoria de ayudas a las asociaciones de consumidores y usuarios y otras entidades sin ánimo de lucro en materia de consumo, en atención a la especificidad de la misma, conforme a lo establecido por el artículo 23.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 15 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Asimismo, la presente orden de convocatoria de subvenciones se ajusta a lo establecido en el Plan estratégico de subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, aprobado mediante Orden CDS/503/2018, de 8 de marzo, y se recogen en la presente convocatoria las medidas establecidas por el Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

El Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales procede a la tramitación anticipada de la presente convocatoria al amparo del artículo 42.5 y 6 del Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, siguiendo los trámites y normas establecidos y haciendo mención expresa de las prevenciones y condiciones determinadas a estos efectos.

Teniendo en cuenta todo lo anterior y en base a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y Orden CDS/154/2016, de 29 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo ("Boletín Oficial de Aragón", número 48, de 10 de marzo de 2016), resuelvo:

Artículo 1 Objeto de la convocatoria y financiación.

1. Convocar la concesión de subvenciones a las asociaciones de consumidores y usuarios y otras entidades sin ánimo de lucro para financiar, como objeto general de la subvención de acuerdo con el artículo 2.1.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

Los proyectos en relación con la protección y defensa de los consumidores y usuarios, a realizar durante el periodo elegible de esta convocatoria.

2. El periodo elegible de esta convocatoria comprende desde el 1 de noviembre de 2018 al 31 de octubre de 2019, siempre que la ejecución del gasto se realice en la misma anualidad en que se produce la concesión conforme al artículo 5.1 de la Orden CDS/154/2016, de 29 de febrero.

3. La cuantía máxima de las ayudas para el ejercicio 2019 ascenderá a 300.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 11030 G/4431/480063/91002 (Promoción del consumo) del Presupuesto del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales para el ejercicio 2019. Dado el carácter anticipado de la tramitación de la presente convocatoria, las resoluciones de concesión de subvención otorgadas al amparo de la misma, quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del citado ejercicio.

4. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Artículo 2 Beneficiarios.

Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones de consumidores y usuarios, las federaciones y las sociedades cooperativas de consumidores y usuarios con domicilio social en Aragón que consten inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Aragón creado por Decreto 38/1997, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón; así como aquellas otras entidades sin ánimo de lucro que realicen proyectos de información, formación, educación, protección o defensa de consumidores y usuarios, como asociaciones, fundaciones, organizaciones no gubernamentales, federaciones de entidades locales, organizaciones de apoyo a consumidores con discapacidad, y que consten debidamente inscritas en el registro correspondiente.

Artículo 3 Proyectos subvencionables.

1- Los proyectos objeto de subvención deberán responder a las líneas estratégicas en materia de consumo del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales y estar en consonancia con los objetivos de la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios, por lo que habrán de tener como finalidad la protección y defensa de los derechos de los consumidores de Aragón conforme al artículo 2.a) de la Orden CDS/154/2016 y artículos 28.7 y 29 de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón.

Así, como objeto inmediato de la subvención de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, serán subvencionables:

1.1. Proyectos para el funcionamiento y organización de la oficina, destinada a ejercer la información, asesoramiento y mediación, precisos para el adecuado ejercicio de los derechos de los consumidores y usuarios, así como la atención, tramitación y seguimiento de reclamaciones de consumidores y usuarios.

En este marco, serán subvencionables las actividades propias de las Oficinas de Información al Consumidor de titularidad privada dependientes de las asociaciones de consumidores y usuarios, las federaciones y las sociedades cooperativas de consumidores y usuarios con domicilio social en Aragón que consten inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Aragón creado por Decreto 38/1997, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón:

  1. Informar, ayudar y orientar a los consumidores para el adecuado ejercicio de sus derechos, así como ejercer la actividad de mediación.

  2. Realizar tareas de educación y formación en materia de consumo.

  3. Realizar campañas informativas tendentes a conseguir un mejor conocimiento por parte de los consumidores en relación con sus derechos y obligaciones, así como desarrollar programas dirigidos a mejorar el nivel de educación específica y formación de los mismos. Para el desarrollo de las campañas y programas, se contará con las propuestas y colaboración de las asociaciones de consumidores...

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