ORDEN CDS/1194/2020, de 19 de noviembre, por la que se establece el complemento económico para perceptores de la pensión no contributiva, en su modalidad de jubilación e invalidez y pensiones de ancianidad y enfermedad, correspondiente al año 2020.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

En el ámbito de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social vigente en España, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se modificó la Ley General de la Seguridad Social, estableció y reguló por vez primera las pensiones de invalidez y de jubilación en sus modalidades no contributivas. En la actualidad su regulación está contenida en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

La creación de las citadas pensiones no contributivas tuvo como objetivo principal la extensión del derecho a las pensiones de jubilación e invalidez del Sistema de la Seguridad Social a todos los ciudadanos, aun cuando no hubiesen cotizado o lo hubiesen hecho por un tiempo insuficiente para alcanzar prestaciones del nivel contributivo, por la realización de actividades profesionales.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma en su artículo 71.34.ª la competencia exclusiva en materia de "acción social, que comprende la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales que atienda a la protección de las distintas modalidades de familia, la infancia, las personas mayores, las personas con discapacidad y otros colectivos necesitados de protección especial".

En ejercicio de esta atribución competencial, la Comunidad Autónoma de Aragón ha regulado y desarrollado el Sistema Aragonés de Servicios Sociales, definido en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, como el conjunto de recursos, prestaciones, planes, programas, proyectos, equipamientos y equipos técnicos, de titularidad pública y privada, que se destinan a la atención social de la población y contribuyen a la consecución de los objetivos de las políticas de servicios sociales.

Dentro del Sistema de Servicios Sociales constituye una pieza fundamental el Catálogo de Servicios Sociales, aprobado por Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, al determinar el conjunto de prestaciones sociales en que se concreta la política de servicios sociales de la Comunidad Autónoma.

El referido Catálogo recoge la prestación complementaria para perceptores de pensión no contributiva y para pensionistas de ancianidad y enfermedad.

La Ley...

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