ORDEN de 4 de diciembre de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y el Gobierno de Aragón, para fijar las condiciones de la adquisición agregada de medicamentos.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/1/0039 el acuerdo suscrito, con fecha de 14 de julio 2014, por la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado acuerdo que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 4 de diciembre de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD, EL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, PARA FIJAR LAS CONDICIONES DE LA ADQUISICIÓN AGREGADA DE MEDICAMENTOS

En Madrid, a 14 de julio de 2014.

REUNIDOS

De una parte:

D.ª Ana Mato Adrover, Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por el Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y

D. José Julián Díaz Melguizo, Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (en lo sucesivo, INGESA), cargo que ostenta en virtud de acuerdo de la Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de 9 de marzo de 2012, en virtud de las competencias que se le atribuyen en el artículo 15, apartado 4 del Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, por el que se establecía la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Y de otra parte:

D. Ricardo Oliván Bellosta, Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia de la Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, y facultado para la firma de este acuerdo por el Gobierno de Aragón, en su reunión de fecha 8 de julio de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con la que cada uno interviene, así como la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este acuerdo, y al efecto

EXPONEN

  1. Que, para afrontar de manera adecuada la sostenibilidad de la calidad del Sistema Nacional de Salud, el Pleno del Consejo...

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