DECRETO 219/2009, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALESY FAMILIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 219/2009, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer.

La ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, reconoce en su artículo 12 el derecho de todas las personas a vivir con dignidad, seguridad y autonomía, libres de explotación, de malos tratos y de todo tipo de discriminación. En su artículo 71,37ª establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Aragón en políticas de igualdad social, que comprenden el establecimiento de medidas de discriminación positiva, prevención y protección social ante todo tipo de violencia y, especialmente, la de género.

La ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer como organismo autónomo del Gobierno de Aragón, establece como fin principal la eliminación de cualquier forma de discriminación de las mujeres en Aragón y recoge entre sus funciones la de fomentar la prestación de servicios a favor de ellas, y, en particular, de los dirigidos a aquellas que tengan especial necesidad de ayuda, así como recibir y canalizar las denuncias en casos de violencia, adoptando las medidas correspondientes.

Por su parte, la Ley Orgánica 1/ 2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género establece unas medidas de protección integral en el ámbito de todo el territorio nacional, cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar este tipo de violencia y dispensar asistencia a sus víctimas.

Para dar cumplimiento a éste marco jurídico regulador de la atención a las mujeres víctimas de violencia, la Comunidad Autónoma de Aragón aprobó la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón. En su preámbulo, la mencionada ley considera que la violencia que en sus diferentes formas se ejerce contra las mujeres constituye la más grave discriminación derivada de la desigualdad entre sexos y supone o puede suponer un grave atentado contra la integridad física, psicológica o moral de las mujeres, lo que en el fondo representa un ataque directo a su dignidad como personas.

Es una ley que pretende abordar el problema de la violencia contra las mujeres desde una visión integral y globalizadora, teniendo en cuenta sus diferentes aspectos con el fin de establecer medidas desde todos los ámbitos de actuación implicados.

En su disposición adicional segunda crea el Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer, como órgano colegiado adscrito al Departamento competente en materia de mujer, dejando a posterior desarrollo reglamentario su organización y funcionamiento.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Servicios Sociales y Familia, visto el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno de Aragón, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 15 de diciembre de 2009,

DISPONGO

Artículo único Aprobación del Reglamento

Se aprueba el Reglamento de Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer, que figura como anexo a este Decreto.

Disposición final primera.- Facultad de Desarrollo

Se faculta al titular del Departamento competente en materia de Mujer para adoptar las medidas y dictar las normas oportunas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el Reglamento que mediante este Decreto se aprueba.

Disposición final segunda.- Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Zaragoza, 15 de diciembre de 2009.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Servicios Sociales y Familia,

ANA FERNÁNDEZ ABADÍA

ANEXO

REGLAMENTO DEL OBSERVATORIO ARAGONÉS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER

Artículo 1 Objeto

Este Decreto tiene por objeto establecer las funciones, la composición y el...

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