DECRETO 265/2007, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo, el Plan Rector de Uso y Gestión y los límites del Parque Natural del Moncayo.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 265/2007, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo, el Plan Rector de Uso y Gestión y los límites del Parque Natural del Moncayo.

El Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma, en virtud de lo dispuesto en su artículo 71.20ª, 21ª y 22ª, la competencia exclusiva en materia de «montes y vías pecuarias», «espacios naturales protegidos, que incluye la regulación y declaración de las figuras de protección, la delimitación, la planificación y la gestión de los mismos y de los hábitats protegidos situados en Aragón» y para el establecimiento de «normas adicionales de protección del medio ambiente y del paisaje», así como la competencia compartida establecida en el artículo 75.3ª en materia de «protección del medio ambiente que, en todo caso, incluye la regulación del sistema de intervención administrativa de los planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de afectar al medio ambiente, la regulación de los recursos naturales, la flora y fauna y la biodiversidad, la prevención y corrección en la generación de los residuos, de la contaminación atmosférica, del suelo y del subsuelo, así como el abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas.

La Ley 6/1998, de 19 de mayo, de espacios naturales protegidos de Aragón, contiene en su artículo 10, la figura de parque natural. La Ley 6/1998 reconoce en su artículo 19 la posibilidad de ampliar o reducir el ámbito territorial de estos espacios y, en su caso, de las zonas periféricas de protección, para lo que exige una norma de, al menos, el mismo rango que la de su declaración, salvo cuando los terrenos a incorporar sean propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón o sean voluntariamente aportados por sus propietarios para tal finalidad, en cuyo caso será suficiente el acuerdo del Gobierno de Aragón.

La Comunidad Autónoma de Aragón posee un amplio territorio caracterizado por contrastes, tanto altitudinales como climáticos. Esta variedad geoclimática propicia la aparición de variadas formaciones vegetales que van desde las nivales del Pirineo hasta las subdesérticas de la depresión del Ebro. Un claro exponente de la gradación altitudinal de la vegetación es el Sistema Ibérico, en el que destaca el macizo del Moncayo.

En la actualidad, formando parte de la Red Natural de Aragón se encuentra el Parque Natural del Moncayo. Se trata de uno de los primeros espacios naturales que se protegieron en el ámbito territorial aragonés, pues en el siglo pasado por Real Orden de 30 de julio de 1927, se declara el «Sitio Natural de Interés Nacional de la Dehesa del Moncayo». Con posterioridad y al amparo de la Ley de Espacios Naturales de 1975 se creó el Parque Natural de la Dehesa del Moncayo por Real Decreto 3060/1978 de 27 de octubre. Con posterioridad se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (en adelante PORN) de la Comarca del Moncayo por Decreto 73/1998, del Gobierno de Aragón, cambiándose la denominación a Parque del Moncayo. Ese mismo año, en la disposición adicional segunda de la Ley 6/998, se reclasifica a la categoría de Parque Natural, adaptándolo a la normativa vigente. Finalmente, en aplicación del artículo 30 de la Ley 6/1998, se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión (en adelante PRUG) del Parque Natural del Moncayo, por Decreto 225/2002, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón.

El artículo 19 de la Ley 6/1998 recoge los supuestos para la ampliación de un espacio natural protegido. En el caso que nos ocupa se dan las condiciones previstas en su apartado segundo, ya citadas en párrafo anterior. Por un lado, la superficie que se pretende incluir en el término municipal de Purujosa (Zaragoza) pertenece al Monte de Utilidad Pública número 48, denominado «Dehesa de la Sierra» y propiedad del Ayuntamiento de Purujosa. Estos terrenos son aportados de manera voluntaria por la propiedad, quedando patente en la sesión plenaria celebrada por la Asamblea Vecinal de Purujosa el 15 de febrero de 2004. Por otro lado, los terrenos a incorporar en el término municipal de Talamantes (Zaragoza) son, por una parte, el Monte de Utilidad Pública número 366, denominado «La Tonda» propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón, y por otra el Monte de Utilidad Pública número 60, denominado «Valdetreviño», perteneciente al Ayuntamiento de Talamantes y aportado también voluntariamente por dicha entidad como consecuencia de la exposición pública del anteproyecto...

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