ORDEN de 21 de agosto de 2001, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Mosqueruela (Teruel), para proceder a la enajenación en pública subasta de 7 parcelas sitas en la zona conocida como Barrio de San Antonio de Mosqueruela, de propiedad municipal,...

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyOrden

ORDEN de 21 de agosto de 2001, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Mosqueruela (Teruel), para proceder a la enajenación en pública subasta de 7 parcelas sitas en la zona conocida como Barrio de San Antonio de Mosqueruela, de propiedad municipal, calificadas como bienes patrimoniales del municipio.

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Mosqueruela para enajenar en pública subasta 7 parcelas sitas en la Zona conocida como Barrio de San Antonio de Mosqueruela (Parcelas 9 a 15), calificadas como bienes patrimoniales del municipio. Resultando que el Ayuntamiento de Mosqueruela en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 21 de marzo de 2001, adoptó, entre otros, con la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, el acuerdo de enajenar en pública subasta 7 parcelas sitas en la Zona conocida como Barrio de San Antonio de Mosqueruela (Parcelas 9 a 15), calificadas como patrimoniales, cuyo valor (26,01 por 100) excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto municipal vigente. Considerando que los Ayuntamientos tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en los artículos 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 188 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 79 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 109, 112, 113, 114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, y 5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales. Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón, el Texto Refundido de 18 de abril de 1986, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y la Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación. Este Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado 15 del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Mosqueruela (Teruel) para proceder a la...

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