DECRETO 52/2006, de 21 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban las modificaciones de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Privada «San Jorge»

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y UNIVERSIDAD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 52/2006, de 21 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban las modificaciones de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Privada «San Jorge»

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece, en su artículo 36, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme el artículo 81 de la misma, lo desarrollen, y sin perjuicio de la facultades atribuidas al Estado.

De acuerdo con el Decreto 251/2003, de 30 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad, se le atribuyó a este órgano, al amparo del título competencial anterior, la gestión de las competencias en materia de enseñanza superior y universitaria, lo que incluye la gestión relativa a la creación o reconocimiento de las Universidades y a su efectiva puesta en funcionamiento.

En el caso de las Universidades privadas, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, exige que el reconocimiento como tales instituciones se lleve a cabo por una Ley. En cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley Orgánica 6/2001, las Cortes de Aragón aprobaron la Ley 1/2005, de 24 de febrero, por la que se reconoce a la Universidad Privada «San Jorge», en cuyo artículo 2 se incluyen, como parte de su régimen jurídico, las propias normas de organización y funcionamiento.

El artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2001 y los artículos 10 y 11 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, vienen a disponer que las normas de organización y funcionamiento de las Universidades privadas serán elaboradas por ellas mismas, si bien el régimen jurídico de aprobación será el previsto para las Universidades públicas, lo que implica que, previo control de legalidad, deberán ser aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, entrando en vigor, una vez aprobadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma. De acuerdo con este marco jurídico, mediante Decreto 182/2005, de 6 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se aprobaron las Normas de Organización y Funcionamiento de la referida Universidad Privada «San Jorge».

En la actualidad, se ha planteado la necesidad de modificar algunos de los artículos de las citadas normas, esencialmente con el fin de incorporar la figura del Defensor Universitario como un órgano unipersonal...

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