DECRETO 206/2007, de 24 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Catálogo de Juegos y Apuestas aprobado por Decreto 159/2002, de 30 de abril.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE POLITICA TERRITORIAL, JUSTICIA E INTERIOR
Rango de LeyDecreto

DECRETO 206/2007, de 24 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Catálogo de Juegos y Apuestas aprobado por Decreto 159/2002, de 30 de abril.

El artículo 71.50ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de juego, apuestas y casinos, cuando la actividad se desarrolle exclusivamente en Aragón.

Mediante Real Decreto 1055/1994, de 20 de mayo, se transfirieron a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y servicios para el ejercicio de las materias señaladas, habiendo ejercido la Administración Autonómica las competencias correspondientes a partir de entonces.

De conformidad con las competencias en materia de juego atribuidas a la Comunidad Autónoma de Aragón se aprobó la Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego de la Comunidad Autónoma, estableciéndose en su artículo 10 que corresponde al Gobierno de Aragón la aprobación, mediante Decreto, del Catálogo de Juegos y Apuestas.

En el ejercicio de estas atribuciones, el Gobierno de Aragón aprobó el Decreto 159/2002, de 30 de abril, por el que se aprobó el Catálogo de Juegos y Apuestas, abordándose en su artículo 3.10.letra a) la definición, los elementos, el personal, los jugadores y las reglas del juego del póquer sin descarte.

A lo largo de los años de vigencia de este Decreto, y como ha venido sucediendo en los Catálogos de Juegos de otras Comunidades Autónomas, se ha observado la necesidad de introducir una nueva modalidad del póquer sin descarte que posibilitara que el jugador pudiera comprar una carta adicional a lo largo del desarrollo de la partida, lo que supone la modificación del Catálogo de Juegos y Apuestas aprobado por el citado Decreto 159/2002.

Consecuentemente, esta modificación se sometió a la preceptiva información pública, así como a la consideración de las asociaciones empresariales y sindicatos afectados por la misma y a informe de la Comisión de Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se emitió favorablemente en reunión celebrada el día 30 de marzo de 2007.

El artículo 5.a) del Decreto de 6 de julio de 2007, de...

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