DECRETO 276/2002, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión Mixta de transferencias entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca de la Ribagorza.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 276/2002, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión Mixta de transferencias entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca de la Ribagorza.

La Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en sus artículos noventa y seis y siguientes regula la transferencia, delegación y encomienda de gestión de la Comunidad Autónoma a las entidades locales, disponiéndose en el artículo 97.1.b) que podrán realizarse a favor de las Comarcas.

La Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón, en su artículo nueve establece que la Comunidad Autónoma podrá transferir o delegar la titularidad o el ejercicio de competencias a favor de la comarca cuando se favorezca la mejor prestación de los servicios correspondientes, indicándose en el apartado cuarto del mismo precepto que esta transferencia o delegación exigirá, en cada caso, el traspaso de los medios precisos para su ejercicio y la aceptación expresa del Consejo Comarcal.

Por Ley 12/2002, de 28 de mayo, ha sido aprobada por las Cortes de Aragón la creación de la Comarca de la Ribagorza, que en su artículo 7 regula la asunción de competencias transferidas o delegadas de la Administración de la Comunidad Autónoma, siempre que con ello se mejore la eficacia de la gestión pública, con el alcance, contenido y condiciones establecidas en la legislación aragonesa sobre Administración Local.

En cumplimiento de lo previsto en dicha Ley, con fecha 22 de julio de 2002 y previas las actuaciones oportunas, se procedió a la constitución del Consejo Comarcal de la Comarca de la Ribagorza.

La Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Creación de la Comarca de la Ribagorza, al objeto de preparar la transferencia o delegación de funciones o servicios ordena la creación, dentro del mes siguiente a la constitución del Consejo Comarcal, por Decreto del Gobierno de Aragón, de una Comisión paritaria con representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la Comarca.

La Ley 23/2001 de Medidas de Comarcalización, en el Capítulo I de su Título II, regula de forma exhaustiva las Comisiones Mixtas de Transferencias entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las comarcas correspondientes por lo que el presente Decreto se limita a transcribir y particularizar para la Comarca de la Ribagorza los artículos correspondientes de la citada Ley.

Siendo conveniente impulsar la redistribución de competencias en desarrollo de las previsiones...

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