DECRETO 296/2001, de 20 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión Mixta de transferencias entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca del Alto Gállego.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 296/2001, de 20 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión Mixta de transferencias entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca del Alto Gállego.

La Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en sus artículos noventa y seis y siguientes regula la transferencia, delegación y encomienda de gestión de la Comunidad Autónoma a las entidades locales, disponiéndose en el artículo 97.1.b) que podrán realizarse a favor de las Comarcas.

La Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón, en su artículo nueve establece que la Comunidad Autónoma podrá transferir o delegar la titularidad o el ejercicio de competencias a favor de la comarca cuando se favorezca la mejor prestación de los servicios correspondientes, indicándose en el apartado cuarto del mismo precepto que esta transferencia o delegación exigirá, en cada caso, el traspaso de los medios precisos para su ejercicio y la aceptación expresa del Consejo Comarcal.

Por Ley 13/2001, de 2 de julio, ha sido aprobada por las Cortes de Aragón la creación de la Comarca del Alto Gállego, que en su artículo 7 regula la asunción de competencias transferidas o delegadas de la Administración de la Comunidad Autónoma, siempre que con ello se mejore la eficacia de la gestión pública, con el alcance, contenido y condiciones establecidas en la legislación aragonesa sobre Administración Local.

En cumplimiento de lo previsto en dicha Ley, con fecha 24 de octubre de 2001 y previas las actuaciones oportunas, se procedió a la constitución del Consejo Comarcal de la Comarca del Alto Gállego.

La Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Creación de la Comarca del Alto Gállego, al objeto de preparar la transferencia o delegación de funciones o servicios ordena la creación, dentro del mes siguiente a la constitución del Consejo Comarcal, por Decreto del Gobierno de Aragón, de una Comisión paritaria con representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la Comarca.

Siendo conveniente impulsar la redistribución de competencias en desarrollo de las previsiones legales indicadas, se hace preciso regular la constitución de la Comisión Mixta para hacer posible su inmediato funcionamiento, a fin de que proceda a la elaboración de los calendarios y contenido de transferencias y delegaciones, así como las propuestas de traspasos y medios que deba recibir la Comarca del Alto Gállego.

En su virtud, a propuesta del Consejero...

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