ORDEN de 9 de febrero de 2010, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la que se regula, para el personal docente no universitario, el procedimiento de sustitución de parte de la jornada lectiva de docencia directa con alumnos, por actividades de diferente naturaleza, sin reducción de las retribuciones.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Rango de LeyOrden

ORDEN de 9 de febrero de 2010, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la que se regula, para el personal docente no universitario, el procedimiento de sustitución de parte de la jornada lectiva de docencia directa con alumnos, por actividades de diferente naturaleza, sin reducción de las retribuciones.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, reguló en su artículo 105 medidas para el profesorado de los centros públicos, estableciendo que correspondía a las Administraciones educativas la adopción de medidas oportunas para su desarrollo. Entre las medidas a desarrollar se encontraba la sustitución de jornada lectiva de aquellos profesores mayores de 55 años que lo solicitasen, por actividades de otra naturaleza sin reducción de sus retribuciones.

No obstante, desde la Administración Educativa aragonesa se negoció, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Educación de 12 de mayo de 2005, un sistema que permitía, de forma progresiva, la sustitución de parte de la jornada lectiva, de docencia directa a alumnos, del personal docente no universitario mayor de 56 años, por actividades de diferente naturaleza, sin reducción de retribuciones. Cuyo procedimiento se reguló mediante Orden de 9 de junio de 2005, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Finalizada la vigencia del acuerdo al inicio del curso 2009/2010 y en el cumplimiento, tanto del compromiso adquirido por la Administración educativa con las Organizaciones Sindicales, como del mandato regulado en el artículo 105 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se hizo precisa la aprobación, para el curso 2009/2010, de la Orden de 17 de abril de 2009, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, reguladora del procedimiento de sustitución de parte de la de la jornada lectiva de docencia directa con alumnos, por actividades de diferente naturaleza, sin reducción de retribuciones.

En la actualidad, resuelto el procedimiento de sustitución de jornada lectiva para el curso 2009/2010, se precisa la aprobación de una nueva Orden procedimental, cuya finalidad sea su permanencia temporal, evitando aprobar una norma de procedimiento para cada curso escolar.

Por otra parte, el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, atribuye al Departamento de Educación, Cultura y Deporte, las competencias de gestión del personal docente no universitario que, posteriormente, se han visto detalladas en los términos previstos en los artículos 1.2.f) y 18 del Decreto 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento...

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