DECRETO 18/1983, de 9 de febrero, de la Diputación General, por el que se regula la creación de Jefaturas de Negociado en las diversas Consejerías de la Diputación General de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 18/1983, de 9 de febrero, de la Diputación General, por el que se regula la creación de Jefaturas de Negociado en las diversas Consejerías de la Diputación General de Aragón.

El Reglamento de Ordenación Jurídico - Administrativa y Financiera de la Diputación General de Aragón dispone, en su artículo 14.1, que "las Consejerías se estructurarán en Direcciones Generales, Servicios, Secciones y Negociados". Las competencias y servicios que se transfieren a la Diputación General de Aragón deben ir acompañadas de las plazas de personal con que antes aquellos eran atendidos por la Administración del Estado, las cuales responden, por su origen, al sistema de pirámide jerárquica en la que figuran los diversos niveles que escalonadamente la componen: Jefaturas de Servicio, de Sección y de Negociado.

Sin embargo, la fragmentación y, en ocasiones, la insuficiencia con que se han venido recibiendo las transferencias por lo que se refiere a medios personales hace que las unidades orgánicas correspondientes a competencias transferidas estén todavía en la Diputación General de Aragón en muchos casos incompletas, a falta de los niveles correspondientes a diversas Jefaturas. Por otra parte, la necesidad de creación de una estructura imprescindible, por sencilla que sea, de servicios generales u horizontales en la Diputación General de Aragón, obliga asimismo a disponer de puestos de Jefaturas de los diversos niveles, para los que no puede contarse con las dotaciones transferidas, por la razón de insuficiencia aludida.

La Diputación General de Aragón, en una primera fase de su estructuración orgánica ha atendido a la creación y dotación de un número mínimo de cargos de responsabilidad en los niveles superiores de la escala funcionarial: Direcciones Generales, Jefaturas de Servicio y Jefaturas de Sección. Es ya el momento de proceder, bien que sea con la mayor austeridad, a la creación de Jefaturas de Negociado, que, por un lado, posibiliten el normal funcionamiento de los servicios burocráticos, mediante la atribución de esas responsabilidades a los funcionarios adecuados; y por otro, puedan servir de cauce de promoción profesional para aquellos funcionarios que se encuentren en las condiciones de aspirar a dichas Jefaturas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia y Relaciones Institucionales, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.º del Reglamento de Ordenación...

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